BOLETÍN OFICIAL Nº 105 ANEXO – 19/09/08
EXP. Nº 0500-131/2008.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAR. 2008.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Fíjase, como sueldo básico del personal docente de Nivel Inicial y Primario y Nivel Medio y Superior no Universitario, el que se determina en los Anexos I y II que integran el presente, de acuerdo a los cargos, categorías y periodos respectivos.
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR