BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 01/06/18

RESOLUCION Nº 264-SOTyV/2017.-

EXPTE Nº 0516-2759/2004.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DIC. 2017.-

VISTO:

El presente expediente, mediante el cual se tramita el otorgamiento de la Carta de Pago por la cancelación del precio, de un terreno fiscal ubicado en Barrio 8 de Marzo de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución N° 1514-VOT-2014 de fecha 26 de Septiembre de 2014 (fs. 52/53) se adjudicó en venta a favor del Sr. COLQUE, HUGO D.N.I. 24.648.947 y la Sra. BURGOS, CECILIA ROMINA D.N.I. 31.100.777, el terreno fiscal individualizado como: Lote- N° 16, Manzana N° 04, Padrón A-91026, Matricula A-78577 ubicado en Barrio 8 de Marzo-Alto Comedero de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy;

Que, el lote fue transferido a los adjudicatarios por Escritura Pública N° 349 de fecha 10/11/14, conforme surge de cédula parcelaria generada por el Registro Inmobiliario de la Provincia de Jujuy (fs. 43);

Que, el precio de venta fue fijado en la suma de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS ($ 5.962,00) pagaderos en DOCE (12) cuotas mensuales y consecutivas;

Que, a fs. 46 obra Certificado de Libre Deuda N° 08/2016 emitido por la Dirección Provincial de Rentas, del cual surge que los adjudicatarios han cancelado el monto en su totalidad y no adeudan suma alguna en concepto de tierras fiscales;

Que, conforme Artículo 1017 inciso “e” del Código Civil y Comercial de la Nación debe cumplirse con la forma escrituraria para los actos accesorios que se refieran a contratos otorgados mediante escritura pública;

Que, por Decreto N° 4525-ISPTyV/2017, se facultó a la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda a la emisión y suscripción de actos administrativos de Escritura de Carta de Pago, arbitrando los medios idóneos a tal fin;

Que, en el Convenio suscripto entre la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda y el Colegio de Escribanos de Jujuy, en fecha 25 de Agosto de 2017, se acordó que dichas escrituras de Carta de Pago podrán ser otorgadas por el mencionado Colegio;

Que, teniendo en cuenta el dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Regularización Dominial (fs. 54), la debida intervención de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado (fs. 55), compartida por la Coordinación del Departamento de  Asuntos Legales de Fiscalia de Estado.-

Por ello;

EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.-Autorizase a Escribanía de Gobierno de la Provincia de Jujuy y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a otorgar la Escritura de Carta de Pago, a favor del Sr. COLQUE, HUGO D.N.I. 24.648.947 y la Sra. BURGOS, CECILIA ROMINA D.N.I. 31.100.777, del terreno fiscal individualizado como: Lote N° 16, Manzana N°04, Padrón A-91026; Matricula A-78577 ubicado en Barrio 8 de Marzo-Alto Comedero de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese -íntegramente- en el Boletín Oficial. Pase a la Dilección de Regularización Dominial, siga a Escribanía de Gobierno y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a sus efectos. Remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles para su conocimiento. Cumplido, vuelva a la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda a sus efectos.‑

 

Ing. Carlos Humberto García

Secretario de Ordenamiento Territorial y Vivienda