BOLETÍN OFICIAL Nº 58 – 23/05/18

RESOLUCIÓN Nº 271-SOTyV/2017.-

EXPTE Nº 0516-2807/2003.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DIC. 2017.-

VISTO:

El presente expediente, mediante el cual se tramita el otorgamiento de, la Carta de Pago por la cancelación del precio, de un terreno fiscal ubicado en Barrio Juan José Bazán de la Localidad de Rodeito, Departamento San Pedro, Provincia de Jujuy, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución N° 3129-VOT-2015 de fecha 25 de Agosto de 2015 (fs. 84/85) se adjudicó en venta a favor del Sr. APAZA, EDUARDO JESUS D.N.I. N° 29.103.245 y de la Sra. COLQUE, NILDA SABINA D.N.I. N° 29.323.623, el terreno fiscal individualizado como Lote N° 05, Manzana N° 109, Padrón D-19583, Matricula D-­1115 ubicado  en Barrio Juan José Bazán de la Localidad de Rodeito, Departamento  San Pedro, Provincia de Jujuy;

Que, el precio de venta fue fijado en la suma de PESOS SEIS MIL CIENTO DIEZ ($ 6.110,00) pagaderos en SEIS (06) cuotas de PESOS UN MIL DIECIOCHO CON 33/1 00 Ctvos. ($ 1.018,33) cada una;

Que, el lote fue transferido a los adjudicatarios por Escritura Pública N° 140 de fecha 14/07/2016, de Compraventa, conforme surge de cédula parcelaria generada por el Registro Inmobiliario de la Provincia de Jujuy (fs. 86);

Que, el precio de venta fue fijado en la suma de PESOS SEIS MIL CIENTO DIEZ ($ 6.110,00), pagaderos en SEIS (06) cuotas mensuales y consecutivas.

Que, a fs. 79 obra Certificado de Libre Deuda N° 30/2017 emitido por la Dirección Provincial de Rentas, del cual surge que los adjudicatarios han cancelado el monto en su totalidad y no adeudan suma alguna en concepto de tierras  fiscales:

Que, conforme lo establece al Artículo 1017 inciso “c” del Código Civil y Comercial de la Nación, debe cumplirse con la forma escrituraria para los actos accesorios que se refieran a contratos otorgados mediante escritura pública;

Que, por Decreto N° 4525-ISPTyV/2017, se facultó a la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda, a la emisión y suscripción de actos administrativos de Escritura de Carta de Pago, arbitrando los medios idóneos a tal fin;

Que, en el Convenio suscripto entre la Secretaría de Ordenamiento territorial y Vivienda y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Jujuy, en fecha 25 de Agosto de 2017, se acordó que dichas escrituras de Carta de Pago podrán ser otorgados por el mencionado Colegio;

Que, teniendo en cuenta el dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Regularización Dominial (fs. 87) y la debida intervención de Fiscalía de Estado (fs. 88), compartida por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado;

Por ello;

EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizase a Escribanía de Gobierno de la Provincia de Jujuy y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a otorgar la Escritura de Carta de Pago, a favor del Sr. APAZA, EDUARDO JESUS D.N.I. N° 29.103.245 y de la Sra. COLQUE, NILDA SABINA D.N.I. N° 29.323.623, del terreno fiscal individualizado como: Lote N° 05, Manzana N° 109, Padrón D-19583, Matricula D-1115 ubicado en Barrio Juan José Bazán de la Localidad de Rodeito, Departamento San Pedro, Provincia de Jujuy, en virtud de haberse dado efectivo cumplimiento a los requisitos legales exigidos.-

ARTICULO 2°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese -íntegramente- en el Boletín Oficial. Pase a la Dirección de Regularización Dominial, siga a Escribanía de Gobierno y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a sus efectos. Remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles para su conocimiento. Cumplido, vuelva a la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda a sus efectos.‑

 

Ing. Carlos Humberto García

Secretario de Ordenamiento

Territorial y Vivienda