BOLETÍN OFICIAL Nº 58 – 23/05/18
RESOLUCIÓN Nº 194-SOTyV/2017.-
EXPTE Nº 0516-1289/2006.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 NOV. 2017.-
VISTO:
El presente expediente, mediante el cual se tramita el otorgamiento de la Carta de Pago por la cancelación del precio, de un terreno fiscal ubicado en Barrio 1° de Mayo de la Localidad de El Carmen, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, y
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución N° 1490, de fecha 25 de Septiembre de 2014 (fs. 70/71), se adjudicó en venta a favor de los Sres. GONZALEZ RENE DAVID D.N.I. N° 28.975.090 y CRUZ LIDIA VILMA D.N.I. N° 26.373.895, el terreno fiscal individualizado como: Lote N° 08, Manzana N° 72, Padrón B-12434, Matrícula B-11561 ubicado en Barrio 1° de Mayo de la Localidad de El Carmen, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy;
Que, el lote fue transferido a los adjudicatarios por Escritura Pública de Compraventa N° 95, de fecha 01/07/2015;
Que, el precio de venta fue fijado en la suma de PESOS CINCO MIL RESCIENTOS VEINTIOCHO ($ 5.328,00) pagaderos en DOS (02) cuotas mensuales consecutivas;
Que, a fs. 73 obra Certificado de Libre Deuda N° 75/2017 emitido por la Dirección Provincial de Rentas, del cual surge que los adjudicatarios han cancelado monto en su totalidad y no adeudan suma alguna en concepto de tierras fiscales;
Que, conforme Artículo 1017°, inciso “c” del Código Civil y Comercial de la Nación, debe cumplirse en la forma escrituraria para los actos accesorios que se refieran a contratos otorgados mediante escritura pública;
Que por Decreto N° 4525-ISPTyV-2017 se faculto a la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda a la emisión y suscripción de actos administrativos de Escritura de Carta de Pago, arbitrando los medios idóneos a tal fin;
Que, en el Convenio suscripto entre Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda y el Colegio de Escribanos de Jujuy, en fecha 25 de agosto de 017, se acordó que dichas escrituras de Carta de Pago podrán ser otorgadas por el mencionando Colegio;
Que, teniendo en cuerita el dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Regularización Dominial (fs. 79/80), la debida intervención de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado, compartida por la Coordinación del Departamento de
Asuntos Legales de Fiscalía de Estado;
Por ello,
EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizase a Escribanía de Gobierno de la Provincia de Jujuy y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a otorgar la Escritura de Carta de Pago a favor de los Sres. GONZALEZ RENE DAVID D.N.I. N° 28.975.090 y CRUZ LIDIA VILMA D.N.I. N° 26.373.895, del terreno fiscal individualizado como: Lote N° 08, Manzana N° 72, Padrón B-12434, Matricula B-11561, ubicado en el Barrio 1° de Mayo de la Localidad de El Carmen, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese -íntegramente- en el Boletín Oficial. Pase a la Dirección de Regularización Dominial, siga a Escribanía de Gobierno y/o Colegio de Escribanos de Jujuy a sus efectos. Remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles para su conocimiento. Cumplido, vuelva a la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda a sus efectos.‑
Ing. Carlos Humberto García
Secretario de Ordenamiento
Territorial y Vivienda