BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 07/11/08

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DIRECCION PROVINCIAL DE MINERIA

Y RECURSOS ENERGETICOS

Resolución Nº 27/2008.-

Expte. Nº 0655-77-2007.

San Salvador de Jujuy, 10 OCT. 2008.-

Visto y Considerando:

Las disposiciones de la Resolución Nº 81 PMA-2008 mediante la cual se autoriza a la Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos a depositar en la Cuenta Corriente Nº 48.800.322/77 del Banco de la Nación Argentina- Orden Conjunta- a nombre del Sr. Director Provincial de Minería y Recursos Energéticos, Dr. Martín Enrique Sánchez, D.N.I. Nº 8.012.541 y  la Habilitada Contable Sra. Iris Mabel Fascini de Barrera D.N.I. Nº 11.072.218 los fondos provenientes de la Ley Nacional Nº 26197 de Hidrocarburos, en su carácter de autoridad de Aplicación Decreto Nº 8365-PMA-07;

Que, la Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos mediante Resolución Nº 30 de fecha 24/09/07, dispone imponer a la UTE Petróleos Sudamericanos- Necón (Operadora del Yacimiento “Caimancito”) la sanción de multa de Pesos CINCUENTA MIL ($50.000.-) la que deberá hacerse efectiva en el plazo de cinco (5) días de notificada la presente, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento en el pago de la misma se girarán las actuaciones a Fiscalía de Estado de la Provincia, a fin de que se inicien las acciones legales correspondiente (Art. 84º de la Ley Nº 17.319);

Por ello y de conformidad a las disposiciones de la Resolución Nº 81-PMA-08, Ley Nº 17319, Ley Nº 26.197 y Decreto Nº 8365-PMA-07.

El Director Provincial de Minería y

Recursos Energéticos

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Incorpórese como Artículo 4º de las disposiciones de la Resolución Nº 30 de fecha 27 de septiembre de 2007 de la Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos lo siguiente:

“ARTÍCULO 4º”.- Dispónese que la suma abonada en concepto de multa por la Empresa UTE Petróleos Sudamericanos- Necón deberá ser depositado en la Cuenta Corriente Nº 48.800.322/77 del Banco de la Nación Argentina por las razones expresadas en el exordio y de conformidad a lo dispuesto por el Artículo Nº 99 de la Ley Nº 17.319.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Remítase copia al Ministerio de Producción y Medio Ambiente y a la Dirección Provincial de Rentas para su cumplimiento. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.-

 

Dr. Martin Enrique Sanchez

Director

07 NOV. LIQ. Nº 77023 $ 20,50.-