BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 20/03/09
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY- DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS
RESOLUCION GENERAL Nº 1212.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 MAR. 2009.-
VISTO:
Las Resoluciones Generales Nº 1.200/2.008 y 1202/2009, y;
CONSIDERANDO:
Que, dichas Resoluciones establecen los plazos, formas y condiciones en que los Contribuyentes deben ingresar los Anticipos y/o Cuotas de los diferentes Impuestos Provinciales, por el ejercicio fiscal 2.009.-
Que, debido a las medidas de fuerza por las que atraviesa la Provincia, resulta necesario modificar las fechas de vencimiento del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.-
Por ello:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Considerar en término los vencimientos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos operados los días 18, 19 y 20 de Marzo de 2.009, que se abonen hasta el día 23 de Marzo de 2.009, inclusive.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria de Ingresos Públicos y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorias Fiscales. Cumplido, archívese.
C.P.N. Maria Teresa Agostini
Directora
20 MAR. S/C.-