BOLETÍN OFICIAL Nº 4 – 09/01/17
EXPTE. Nº 1052-785/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2016.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.-Dispónese que todos los estudiantes regulares que no aprobaron/no acreditaron asignaturas/espacios curriculares a la finalización de término lectivo serán evaluados en la instancia/periodo de evaluación de diciembre por el docente que desarrollo la asignatura/espacio curricular no aprobado/no acreditado, por las razones expres2das en el exordio.
ARTICULO 2º.-Déjese establecido, que en caso de ausencia del docente que desarrolló la asignatura/espacio curricular no aprobado/no acreditado, la dirección de la institución educativa asignará esta tarea a otro docente con la misma titulación.
ARTICULO 3º.-Déjese sin efecto toda normativa que se oponga a Ir dispuesto por la presente resolución.-
Isolda Calsina
Ministra de Educación