BOLETÍN OFICIAL Nº 4 – 09/01/17

RESOLUCION Nº 0817-E/2016.-

EXPTE. Nº 1057-132/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 ABR. 2016.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-Apruébese las Pautas y los Lineamientos de la Ampliación de Jornada para escuelas de jornada Completa y escuelas con Albergue Anexo, conforme se dispone en el Anexo I que se incorpora como parte de la presente resolución.-

ARTÍCULO 2º.-Autorizase, desde el inicio del término lectivo 2016, a la implementación del marco establecido en el Artículo 1° de la presente resolución, desde las salas de 4 y 5 años de educación inicial hasta los 7° grados de educación primaria de las instituciones educativas, que se consignan en el Anexo II que se incorpora como parte de la presente resolución.-

ARTÍCULO 3º.-Dispóngase que las escuelas consignadas en el Artículo 2° conservarán la categoría que registran a la fecha de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.-Dispóngase que la planta docente de educación inicial y educación primaria involucrada en el marco de lo dispuesto por el Artículo 1° preservará su situación de revista titular, provisional o reemplazante, con la modificación salarial que para los docentes de educación inicial implique pasar de jornada simple a jornada completa y/o jornada completa con albergue nexo, siempre y cuando opten por continuar en la ampliación de jornada.-

ARTÍCULO 5º.-Dejase establecido que es de aplicación la normativa vigente para los niveles de educación inicial y educación primaria con las modificaciones dispuestas en la presente resolución y la ley de incompatibilidad docente.-

ARTICULO 6º.-Facultase a la Secretaría de Gestión Educativa a emitir los actos administrativos complementarios y ampliatorios que resulten necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente resolución.-

 

Isolda Calsina

Ministra de Educación