BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 12/02/10

Icon_PDF_6RESOLUCIÓN  Nº 0005-E.-

EXP. Nº 1050-1126-09

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 NOV. 2009.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º.-   Disponer que  a los efectos de la clasificación del Titulo Profesora de Educación Artesanal y Técnica por junta de clasificación se consideren las siguientes competencias: Competencias Habilitante: AYUDANTE DE CLASES PRACTICAS- ARTES MANUALES Y CERÁMICA. ARTESANÍAS. EDUCACION PRACTICA- ARTESANÍAS.- Competencia Supletoria: TALLER OPC- FABRICACIÓN ARTESANAL DE PAPEL PARA GRABADO.-

 

Prof. Elva Liliana J. Domínguez

Ministra de Educación