BOLETÍN OFICIAL Nº 05 – 13/01/10

DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCION GENERAL Nº 1235-2010

San Salvador de Jujuy, 11 ene. 2010.-

VISTO:

El Libro Primero, Título Tercero, del Código Fiscal y demás normas complementarias, y el Decreto Nº 1457-H-2008, en virtud del cual se creó la nueva estructura organizativa de la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy, y

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 del Código Fiscal, las facultades y poderes atribuidos por el Código y otras leyes fiscales especiales a la Dirección serán ejercitadas por el Director, asimismo establece que secundará al Director Provincial en sus funciones un Subdirector Provincial, el que lo reemplazará en caso de ausencia o impedimento en todas sus funciones y atribuciones. Finalmente el artículo establece que el Director podrá delegar sus funciones y facultades en funcionarios dependientes, de manera general o especial.

Que, el Decreto Nº 1457-H-2008, dejó sin efecto el Decreto 1609-H-1983, estableciendo una nueva estructura organizativa en la repartición que incluye, entre otras cosas, la creación de los cargos de Jefe de Organización y Método, Coordinador de Administración, Coordinador de Técnica Tributaria, Coordinador de Fiscalización y Coordinación de Recaudación y Enlace, todos ellos fuera de escala (Art. 2º).

Que, ante esa nueva situación organizacional, y en virtud de las facultades de que goza la Dirección para delegar sus funciones y facultades, se hace necesario establecer quiénes  ejercerán aquellas funciones y facultades en caso de ausencia o impedimento simultáneo del Director y del Subdirector.

Que, teniendo en consideración que de acuerdo a la nueva estructura creada, los funcionarios de mayor jerarquía dentro de la repartición son los mencionados en el artículo 2º del Decreto 1475-H-2008, es necesario disponer expresamente que ellos serán los reemplazantes para el supuesto de ausencia y/o impedimento simultáneo del Director y Subdirector.

Que, a ese efecto, y en tanto todos los funcionarios nombrados cuentan con idéntica jerarquía, se considera razonable establecer un orden de prelación a efectos de ejercer el reemplazo. En ese sentido se establece el siguiente:

a) Coordinación de Técnica Tributaria.

b) Coordinación de Fiscalización.

c) Coordinador de Recaudación y Enlace.

d) Coordinador de Administración

e) Jefe de Organización y Método.

Que, por otro lado y ante la eventual posibilidad de que se produzca la vacancia o ausencia simultánea de todos los funcionarios nombrados, se considera conveniente designar el reemplazo, para ese único supuesto, en cabeza del Jefe de Departamento que cuente con mayor antigüedad dentro de la repartición.

Que, se deja sin efecto toda otra resolución y/o norma interna anterior al dictado de la presente que contenga previsiones relativas al ejercicio de funciones y atribuciones del Director y del Subdirector para el caso de ausencia y/o impedimento para su ejercicio por parte de estos.

Que, en virtud de lo expuesto y de las facultades previstas en el Código Fiscal y demás leyes especiales

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Disponer, para el caso de ausencia o impedimento simultáneo del Director y Subdirector, que las funciones y atribuciones conferidas al Director en el Código Fiscal y demás leyes especiales serán ejercidas por los funcionarios previstos en el artículo 2º del Decreto Nº 1457-H-2008, de acuerdo al siguiente orden de prelación:

a) Coordinación de Técnica Tributaria.

b) Coordinación de Fiscalización.

c) Coordinador de Recaudación y Enlace.

d) Coordinador de Administración

e) Jefe de Organización y Método.

ARTICULO 2º: Disponer, sólo para el caso de vacancia o ausencia simultánea de todos los funcionarios referidos, que las funciones y atribuciones conferidas al Director serán ejercidas por el Jefe de Departamento que cuente con mayor antigüedad dentro de la Dirección Provincial de Rentas.

ARTICULO 3º: Derogar todas las resoluciones y demás normas internas que refieran al reemplazo en el ejercicio de funciones y atribuciones del Director y Subdirector.

ARTICULO 4º: Comuníquese a: Ministerio de Hacienda, Secretaria de Ingresos Públicos, Dirección Provincial de Personal, Subdirección, Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías. Cumplido archívese

 

C.P.N. Maria Teresa Agostini

Directora

13 ENE. S/C.-