BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 28/10/20

RESOLUCION Nº 131-HF/2020.-

EXPTE Nº 500-331/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 SEP. 2020.-

VISTO

Las normas dictadas en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por Decreto N° 696-S-2020, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido por el Decreto Acuerdo N° 1346-G- 2020 de fecha 02 de Agosto de 2020 los plazos procesales y administrativos se reanudaron a partir del 10 de agosto del presente;

Que es criterio de este Ministerio adoptar medidas tendientes a reorganizar el funcionamiento de las dependencias que lo conforman;

Por ello,

EL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Dejar sin efecto la Resolución N° 50-HF-2020 de fecha 17/03/2020.-

ARTICULO 2°.- Cada dependencia deberá proveer los elementos de higiene y seguridad para sus agentes así como también garantizar las medidas de distanciamiento social dispuestas por el COE.-

ARTICULO 3°.- Previo registro, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Rentas, Oficina de Crédito Publico, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Cómputos, Tesorería de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Estadística y Censo, Unidad de Control Previsional. Unidad de Gestión Provincia Municipios. Cumplido, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas.-

 

C.P.N. Carlos Alberto Sadir

Ministro de Haciendas y Finanzas