BOLETÍN OFICIAL Nº 106 – 04/09/20

RESOLUCION N° 56-J/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  04 de septiembre de 2020.-

VISTO:

Resoluciones Nº266-DEyP/2020 de fecha 10/08/2020, SMeH-N°025/2020 del 04/09/2020, N°09-J-2020 del 05/05/2020, 42-J-2020 del 20/05/2020, 44-J-2020 del 20/05/2020 y 47-J-2020 del 05/06/2020; y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N°266-DEyP-2020 dictada por el Sr. Ministro de Desarrollo Económico y Producción, se facultó a la Secretaría de Minería e Hidrocarburos a disponer la metodología de trabajo y forma de atención al público, horarios de atención, de acuerdo a las necesidades y posibilidades de la repartición, con estricto cumplimiento de las medidas de bioseguridad dispuestas por el Comité Operativo de Emergencia y Resolución N°192-DEyP/2020.

Que por Resolución SMeH Nº025/2020, la Secretaría de Minería e Hidrocarburos faculta al Juzgado Administrativo de Minas (Art. 4) a disponer por resolución fundada, la metodología interna de trabajo, la forma y horario de atención al público, de acuerdo a las necesidades y posibilidades, así como la habilitación de plazos procesales administrativos.

Que mediante Resolución N°09-J-2020 se dispuso habilitación extraordinaria de trámites y de expedientes, y reanudación de plazos procesales – a partir de la notificación en cada expediente -, y por  Resoluciones N°42-J-2020, 44-J-2020 y 47-J-2020 se habilitó el trámite de nuevos expedientes, conforme Art. 2 y 4 de la Resolución N°09-J-2020.

Que en consecuencia, procede restablecer el funcionamiento del Juzgado para los trámites y expedientes habilitados, disponiendo modalidad y horario para el desarrollo de las tareas, horario de atención al público, y reanudación de plazos procesales.

Que por las razones expuestas, las disposiciones legales citadas y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 46-H-1965

la Sra. JUEZ ADMINISTRATIVA DE MINAS:

RESUELVE :

ARTICULO 1°.- RESTABLECER el funcionamiento del Juzgado Administrativo de Minas a partir del día 07/09/2020, disponiéndose la prestación de servicios del personal, por equipos de trabajo semanal, en horario de 8 a 13 hs.-

ARTICULO 2°.- REANÚDASE el trámite de los expedientes habilitados por Resoluciones N°09-J-2020, 42-J-2020, 44-J-2020, 47-J-2020 y sus Anexos, a partir del día 14/09/2020, habilitándose los plazos procesales administrativos que se encontraren en curso.-

ARTICULO 3°.- DISPONER que MESA DE ENTRADAS Y ARCHIVO recepcionará a partir del 07/09/2020, exclusivamente escritos de reparticiones públicas nacionales, provinciales y/o municipales, o de otros poderes del Estado, en el horario de 9 a 12 hs.

ARTICULO 4°.- ESTABLECER que a partir del 14/09/2020, MESA DE ENTRADAS Y ARCHIVO recepcionará escritos, exclusivamente para los trámites y expedientes habilitados por Resoluciones N°09-J-2020, 42-J-2020, 44-J-2020 y 47-J-2020 y sus Anexos. Las nuevas solicitudes de derechos mineros, se recepcionarán en horario de 9 a 11 horas.-

ARTICULO 5°.- Por Secretaría tómese razón. Pase a Escribanía de Minas, Registro Gráfico y Coordinación de Despacho, para conocimiento y demás efectos. Publíquese en el Boletín Oficial en forma sintética por única vez y fíjese copia en puerta de acceso a la Secretaría de Minería e Hidrocarburos.  Publíquese en la página oficial www.mineriajujuy.gob.ar y por prensa ministerial. Notifíquese al Sr. Ministro de Desarrollo Económico y Producción, al Sr. Secretario de Minería e Hidrocarburos y al Sr. Director de Minería y Recursos Energéticos. Cumplido, archívese.-

 

Dra. Hebe del Carmen  Meyer

Juez de Minas