BOLETÍN OFICIAL Nº 85 – 17/07/20

RESOLUCION Nº 12 bis-SSV/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 MAR. 2020.-

VISTO:

El decreto N° 78-MS/2015 mediante la cual se crea la Secretaria de Seguridad Vial donde se determina la misión y función de la misma, la Ley Nº 6082 “Tolerancia Cero Jujuy”, Ley 24.449, D.N.U. del Poder Ejecutivo Nacional Nº 297-2020 en concordancia con  el Decreto Acuerdo Nº 696 por el cual se establece la Emergencia Sanitaria COVID-19 en la provincia de Jujuy.

CONSIDERANDO:

Que, la declaración del estado de emergencia sanitaria y epidemiológica dispuesta por el Poder Ejecutivo Provincial en consonancia con el Poder Ejecutivo Nacional, requiere de coordinación de las distintas actividades,

Que, en este marco se están ejecutando planes de contingencia para garantizar el cuidado de la población, debiendo primariamente resguardar la salud de las personas que cumplen sus labores en el ámbito de las actividades exceptuadas por el Decreto Nacional 297-2020.

Que, el personal de la Secretaria de Seguridad Vial, como miembro de las Fuerzas de la provincia y cumpliendo una actividad esencial, cubre distintos Operativos de Seguridad Vial, con el objeto de reducir la siniestralidad.-

Que, entre los operativos de Seguridad Vial se realizan controles de alcoholemia, que en el marco de la emergencia sanitaria COVID-19 es sumamente necesario aumentar el rigor de las normas de bioseguridad para el cuidado de cada uno de los miembros que integran  esta Secretaria de Seguridad Vial.-

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias;

EL SEÑOR SECRETARIO DE SEGURIDAD VIAL DE LA PROVINCIA

RESUELVE

ARTICULO 1º.Apruébese el “Protocolo Control de Alcoholemia en el Marco Emergencia Coronavirus”, conforme al ANEXO I de la presente resolución.-

ARTICULO 2º.- Regístrese, pase al Boletín Oficial para su publicación integral. Cumplido, archívese.-

 

Alejandro E. Marenco

Secretario de Seguridad Vial

 

ANEXO I

PROTOCOLO CONTROL DE ALCOHOLEMIA

MARCO EMERGENCIA CORONAVIRUS

  1. Todos los efectivos y personal interviniente deberán usar guantes de látex en la mano con la que sostienen el alcoholímetro o dispositivo “pasivo”.
  2. Los efectivos que realizan el control específico disponen de barbijo para tal fin y uso.
  3. Al conductor del vehículo se le provee (01) guante descartable para que sostenga el alcoholímetro y proceda al soplado del instrumento. Dicho guante descartable queda en poder del conductor controlado.-
  4. En caso de resultado positivo se procede al uso del dispositivo “DRAGUER” bajo los estándares habituales para determinación de la graduación alcohólica.-
  5. Siempre se procede a la limpieza del aparato “pasivo” y/o “DRAGUER” a la vista del conductor con la solución liquida (lavandina reducida) indicada por el Ministerio de Salud de la Provincia y autoridades sanitarias del COE. Jujuy.-
  6. Si el conductor objeta el uso del barbijo del efectivo que hace el control, se lo quita temporalmente y se identifica Grado, nombre y apellido.-
  7. Ante la presunción al control de alcoholemia, se labra el acta correspondiente “por negativa” conforme a la legislación vigente.
  8. Se EXPLICA EL PRESENTE PROTOCOLO PREVIO AL CONTROL INDIVIDUAL RESPECTIVO.-

 

Alejandro E. Marenco

Secretario de Seguridad Vial