BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 20/03/20

RESOLUCION N° 279-IVUJ/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de marzo de 2020.-

VISTO:

El Decreto Acuerdo N° 696-S-2020 de fecha 12 de marzo de 2020 en donde se procede a  la DECLARACION DE EMERGENCIA SANITARIA Y EPIDEMIOLOGICA POR COVID-19 (CORONAVIRUS) EN TODO EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE JUJUY y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Acuerdo N° 696-S-2020, donde se prevé la creación del COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA (C.O.E.),  a los efectos de prevenir el COVID-19 (CORONAVIRUS), en resguardo de la seguridad y la salud pública de los habitantes de la provincia y la necesidad de acoger todas la medidas adoptada por el mentado comité se hace necesario proceder a adherirse a todas las resoluciones que se tomen en un futuro a los fines de paliar la pandemia que se esta desarrollando.-

Que, el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy es integrante del C.O.E., lo que hace que las decisiones y lineamientos emitidos por el mismo deben ser acatados de manera obligatoria.-

Que, en atención de lo antes mencionado se hace necesario tomar como primera medida reducir la asistencia a los lugares de trabajo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del personal e turnos rotativos a los fines de prevenir la propagación, disminuir e impacto del mismo en el persona y no paralizar por completo el funcionamiento del  Instituto.-

Por ello y en virtud de las atribuciones conferidas por Decretos-Leyes N° 3354/74 y 4024/83, ratificados por art. 23 de la Ley N° 4133/84.-

EL DIRECTORIO DEL

 INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO  DE JUJUY

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- DISPONER la adhesión al Decreto 696-S-2020 de fecha 12 de marzo de 2020, donde se procede a la DECLARACION DE EMERGENCIA SANITARIA Y EPIDEMIOLOGICA POR COVID-19 (CORONAVIRUS) EN TODO EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE JUJUY, de conformidad a las consideraciones vertidas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2°.- DISPONER, que todas la medidas, que se dispongan en el marco de la aplicación del mentado Decreto Acuerdo, emanadas por el COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA (C.O.E.), son obligatorias y de efectivo e inmediato cumplimiento para todo el personal del Instituto.-

ARTICULO 3°.- REGISTRESE, comuníquese, notifíquese  a todos los Departamentos, Divisiones, oficinas y/o Unidades de Ejecución de Programas. Cumplido, archívese el original de la presente.-

 

Lic. Gustavo Ricardo Muro

Presidente