BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 02/05/18

Nº36.- ESCRITURA NUMERO TREINTA Y SEIS.- TRANSMISIÓN DE PARTICIPACIONES SOCIETARIAS A TÍTULO DE SINCERAMIENTO FISCAL LEY 27.260 OTORGADA POR “OLGRIN GROUP S.A.” a favor de ROBERTO ISMAEL MARCILESE.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la provincia de Jujuy, República Argentina, a los quince días del mes de febrero de dos mil dieciocho, ante mi, MARIA SUSANA MACINA DE CARRERA, Escribana Titular del Registro Notarial Treinta y Dos, COMPARECEN Javier Ángel MEJIA, boliviano, nacido el 18/10/1967, documento nacional de identidad para extranjeros radicados Nº92.709.152, casado en primeras nupcias con Diana Fortuna ta Zeballos, domiciliado en calle Jose Luis Sisterna Nº4890 del barrio Ampliación Bancario de la ciudad de Salta, capital de la Provincia de Salta; y Roberto Ismael MARCILESE, argentino, nacido el 17/11/1960, DNI Nº13.977.155, CUIT/CUIL Nº 23-13977155-9., casado en primeras nupcias con Elizabeth Dora Belizan, domiciliado en Avda. ex-combatientes de Malvinas N° 3805 de la ciudad de Salta, capital de la Provincia de Salta. Afirmo conocer a los comparecientes en los términos del art.306 inciso b) del Código Civil y Comercial de la Nación, quienes intervienen así: a) Roberto Ismael MARCILESE en ejercicio de sus propios derechos.- b) Javier Angel MEJIA lo hace en calidad de  apoderado, y como tal, en nombre y representación de la sociedad denominada “OLGRIN GROUP S.A.”, con domicilio en calle Juncal Nº 1328, escritorio 1801 de la ciudad de Montevideo, Capital de la República Oriental del Urutuay, cuya representación acredita con el Poder Especial conferido a su favor mediante escritura Nº 6, de fecha 05/10/2017, autorizada por la escribana Laura Carrasco Galante de la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, en el cual consta la existencia legal de la sociedad que representa y las facultades específicamente conferidas para este otorgamiento, cuyo original me exhibe debidamente legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Montevideo en fecha 22/11/2017 y con la Apostilla de La Haya incorporo al Legajo de Comprobantes de la presente escritura.- Y los nombrados comparecientes, en el carácter en que intervienen EXPRESAN: PRIMERO: Relación de antecedentes: Por medio del instrumento privado suscripto en fecha 02/06/2000, “OLGRIN GROUP S.A.” resultó adquirente de acciones y de cuotas societarias que le fueron vendidas por Roberto Ismael MARCILESE, ellas son: a) 3.990(tres mil novecientas noventa) acciones nominativas no endosables de un valor nominal de $10,00(pesos diez) cada una, con derecho a un voto, representativas del 95% del capital social de la sociedad denominada “TRANSPORTE MARCILESE S.A.”, CUIT 30-68124674-2, con domicilio en avenida Soberanía Nacional sin número de la ciudad de Libertador General San Martín, Provincia de Jujuy, constituída mediante escritura Nº 66, de fecha 21/04/1994, autorizada por la escribana Marta S. Fantoni, Titular del Registro Nº 881 de la ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, inscripta en la Inspección General de Justicia el 03/05/1994, bajo el Nº 4116 del Libro 114, Tomo A de S.A.- Aumento de Capital y Modificación del Estatuto que resulta de la escritura Nº 261 de fecha 21/11/1996, autorizada por el escribano Carlos Enrique Dubois, Titular del Registro 82 de la Provincia de Salta, inscripto en el Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial de Registro de la Provincia de Salta al Folio 140/141, Asiento 22/56 del Libro 9 de Sociedades Anónimas.- El cambio de domicilio a la jurisdicción de la Provincia de Jujuy resulta inscripto en el Registro Publico de Comercio de la Provincia de Jujuy el 13/12/2002, al Folio 232, Asiento Nº 226 del Libro I de Sociedades Anónimas y con copia bajo Asiento Nº 7, Folios 47/95 del Registro de Escrituras Mercantiles de S.A..- b) 45(cuarenta y cinco) cuotas sociales de un valor nominal de $100 (pesos cien) cada una, correspondientes a la sociedad denominada “VIENTO BLANCO S.R.L.”, CUIT 30-68130376-2, con domicilio en calle Opinión esquina Radio Splendid, barrio Intersindical de la ciudad de Salta, Capital de la Provincia del mismo nombre, constituida por instrumento privado de fecha 23/08/1995, inscripta en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial de Registro de la Provincia de Salta, al Folio 67/68, Asiento 3488, del Libro Nº13 de Sociedades de Responsabilidad Limitada. Cesión de cuotas sociales y cambio de Gerente formalizada en instrumento privado de fecha 06/02/1999, inscripta la cesión en fecha 13/04/1999, al Folio 219, Asiento 4666 del Libro Nº 17 de S.R.L. e inscripta la designación de Gerente el 09/08/2000 al Folio 382, Asiento 5153 del Libro 18 de S.R.L., ambos en el Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial de Registro de la Provincia de Salta. c) 950 (novecientas cincuenta) cuotas sociales de un valor nominal de $10 (pesos diez) cada una, correspondientes a la sociedad denominada “TRANMAR S.R.L.”, CUIT 30-69071825-8, con domicilio en Avenida Soberanía Nacional, Manzana Nº178, Lotes 1, 2, 3, de la ciudad de Libertador General San Martín, Departamento Ledesma de esta Provincia, inscripta en el Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial de Registro de la Provincia de Salta, al Folio 119/111, Asiento 4271, del Libro Nº16, de S.R.L..- Acta de Asamblea de Socios Nº1 de fecha 25/01/1999 por la cual se aprueba el cambio de domicilio a la jurisdicción de la Provincia de Jujuy y Acta de Asamblea de Socios Nº2, del 05/02/1999, por la cual se modifica el contrato social, todo lo cual consta inscripto en el Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial de Registro de la Provincia de Salta al Folio 158, Asiento 4626, del Libro 17, de S.R.L.  en fecha 11/03/1999, y en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, al Folio 80, Acta Nº77 del Libro II de S.R.L. y con copia bajo Asiento Nº7, Folios 37/48, Legajo IV del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., en fecha 07/06/1999.- SEGUNDO: Ambas partes reconocen que en el acto de enajenación relacionado en el punto primero, “OLGRIN GROUP S.A.” revistió la calidad de persona jurídica interpuesta, circunstancia que no fue exteriorizada en instrumento alguno, razón por la cual han resuelto acogerse al régimen de sinceramiento fiscal regulado por la Ley nacional 27.260 y sus normas reglamentarias, y así lo acreditan con la declaración voluntaria y excepcional  formulada ante  la AFIP en fecha 14/07/2017, F.2009, Nº de Transacción 538825579 con Acuse de recibo de la Declaración Jurada por parte de la AFIP, con Nº de Transacción 538825579, y con el comprobante de pago del impuesto correspondiente efectuado por el verdadero propietario. 3º) En virtud de lo expresado, vienen a cumplir con la forma requerida para retransmitir a su verdadero dueño Roberto Ismael MARCILESE la titularidad de todas las acciones así como de todas las cuotas sociales ya detalladas ampliamente en el punto primero, por lo que el apoderado de “OLGRIN GROUP S.A.”, cumpliendo con la manda específicamente conferida para este otorgamiento, a título de sinceramiento fiscal, Ley 27.260, por este acto retransmite a favor del verdadero propietario Roberto Ismael MARCILESE la totalidad de las participaciones societarias antes dichas. Por su parte, Roberto Isamael MARCILESE formalmente así lo acepta y solicita que se proceda al cambio de titularidad y pasen a su nombre en calidad de Sincerante y el Registro Público de Comercio efectúe la toma de razón a nombre de Roberto Ismael MARCILESE como nuevo titular sincerado de todas las acciones y de todas las cuotas societarias detalladas en el punto primero, conforme así lo requiere la Ley 27.260 para que surta plenos efectos.- DECLARACIÓN JURADA: Por último, dando cumplimiento a las disposiciones dictadas por la Unidad de Información Financiera, los comparecientes declaran bajo juramento que sus datos personales identificatorios son los consignados en el comparendo, los cuales son correctos y completos y fiel expresión de la verdad y que NO se encuentran alcanzados ni incluidos dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente” de la UIF, cuya nómina declaran conocer. Así, en base a las cláusulas preinsertas, los comparecientes dejan formalizado el acto necesario al cambio de titularidad que requiere la Ley 27.260, por lo que expido Testimonio de la presente a favor de Roberto Ismael MARCILESE para su inscripción ante el Registro Público de Comercio de esta Provincia.- IMPUESTO DE SELLOS: Certifico que el acto jurídico documentado en la presente escritura queda liberado del pago del impuesto de sellos, cuya excepción dispone expresamente el art. 4º de la Ley Provincial Nº 5959.- LEIDA la presente escritura, los comparecientes así la otorgan y firman por ante mí, doy fe.- ACT. NOT. A 00202429 – ESC. MARIA SUSANA MACINA DE CARRERA – TIT REG. Nº 32 – S.S. JUJUY –

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 24 de Abril de 2018.-

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO.-

02 MAY. LIQ. Nº 13903 $350,00.-