BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 26/02/10
EXPTE. Nº 0300-262-2009.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 FEB. 2010.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica a favor de la “ASOCIACION civil jujeñas y su pueblo” con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y Siete (35) Artículos, y corre agregados de fs. 06 a 15 de autos.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR