BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 24/02/10
EXPTE. Nº 500-128/2009.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 MAR. 2009.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase, con retroactividad al 01 de marzo de 2009, al personal dependiente de la Policía de la Provincia y Dirección General del Servicio Penitenciario sin distinción de grado, un suplemento no remunerativo y no bonificable de PESOS CIEN ($ 100).-
ARTICULO 2º.- Otorgase, con retroactividad al 01 de marzo de 2009, al personal dependiente de la Policía de la Provincia y Dirección General del Servicio Penitenciario sin distinción de grado, un adicional remunerativo y bonificable de PESOS CINCUENTA ($ 50).-
ARTICULO 3º.- Fíjanse, a partir del 1º de Abril de 2009, el sueldo básico y la Escala Salarial del personal dependiente de la Policía de la Provincia y Dirección General del Servicio Penitenciario en los montos y conforme detalle que se indican en los Anexos I y II que integran el presente.
ARTICULO 4º.-Dejase establecido que lo dispuesto en los artículos 2 y 3 será de aplicación a los efectos de la movilidad del haber de retiro y pensiones derivadas de los mismos, por la razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 5º.-Encomiéndase a la Directora Provincial de la Unidad de Control Previsional las gestiones, que en materia previsional, fueran menester realizar ante los Organismos competentes, provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Acuerdo y para toda cuestión relacionada a la materia.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR