BOLETÍN OFICIAL Nº 11 – 27/01/10

DECRETO Nº 5120-G.-

EXP. Nº 0300-705/2006.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 DIC. 2009.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica  a la COMUNIDAD MIRA FLORES DE LA CANDELARIA, con asiento en la Localidad Homónima (Departamento Cochinoca) y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y Seis (36) Artículos, y corre agregado de Fs. 35 a 40  de autos –

 

WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR