BOLETÍN OFICIAL Nº 11 – 27/01/10
EXP. Nº 700-587/08.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 MAY. 2009.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se tramita la aprobación del Convenio, suscripto en fecha 29 de abril de 2.008, entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por su titular, Licenciada María Graciela Ocaña y el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy, representado por el Sr. Ministro, Dr. Víctor Alberto Urbani, en el Marco del Programa Cólera; y
CONSIDERANDO:
Que, el objetivo del citado Convenio radica en el desarrollo y fortalecimiento de la Atención Primaria de la salud, a través de programas de actividades que tendrán como objetivo general la prevención y promoción de la salud;
Que, en el instrumento de referencia se detallan de manera especifica los compromisos asumidos por las partes intervinientes;
Que, Asesoría Legal del Ministerio de Salud a Fs. 12 por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado, de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;
Por ello y a los efectos de su regularización administrativa;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por aprobado en todas sus partes el Convenio, suscripto en fecha 29 de abril de 2008, entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por su titular, Licenciada María Graciela Ocaña y el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy, representado por el Sr. Ministro, Dr. Víctor Alberto Urbani, en el Marco del Programa Cólera, agregado a fs. 02/05 de las presentes actuaciones, de conformidad a lo manifestado en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio que se aprueba por el Artículo precedente.-
ARTICULO 3º.- Dése intervención a la Legislatura de la Provincia de Jujuy, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 123º de la Constitución Provincial.-
ARTICULO 1º.- Previa Toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a la Secretaría General de la Gobernación para su posterior remisión a la Legislatura de la Provincia y Ministerio de Salud a sus efectos. Cumplido, archívese.-
WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR