BOLETÍN OFICIAL Nº 46 – 25/04/18

Dra. Marisa E. Rondon, Juez por Habilitación de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 2, secretaria Nº 4, de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. Juárez, María Del Valle DNI Nº 22511680 que en el Expte. Nº C-049856/15, caratulado: “Carsa S.A c/ Juárez María Del Valle S/ Ejecutivo” se han dictado los siguientes proveídos “San Salvador de Jujuy, 06 de Julio del 2.017.- Autos y Vistos: Los del presente Expte. Nº C-049856/15, caratulado: “Ejecutivo: Carsa S.A. c/ Juarez María Del Valle”, I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CARSA S.A. en contra de Juárez María Del Valle DNI Nº 22.511.680 hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de de pesos dos mil setecientos cuarenta y dos C/30/100 CTVS ($2.742,30) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05(Sala-I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235), desde la fecha de mora (10/04/2014) hasta su efectivo pago, e I.V.A. si correspondiere.-II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Meyer Martín en la suma de pesos dos mil ($2.000), por la labor profesional desarrollada en autos, de conformidad a lo expuestos en los considerando a los que me remito en caso de ser necesario y en honor a la brevedad.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento de fs. 10, al demandado Juárez María Del Valle, mandándose notificar la presente Resolución por cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. VI.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente. – VII.-Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Dra. Rondon Marisa Juez Habilitada, Ante Mi Secretaria Dra Beatriz Borja Es Copia.- Va. Fs. San Salvador de Jujuy, 06 De Septiembre Del 2017.- Autos y Vistos: Considerando: Resuelve=1.- Hacer lugar a la aclaratoria interpuesta, dado a que efectivamente se ha incurrido en un error material en consecuencia, el punto 1 de la resolución de fs. 67/68 debe quedar de la siguiente forma: “…1) Mandar llevar…tomado como compensatorio desde la fecha de suscripción del titulo y hasta la mora, considerada esta a la fecha 10 de Abril del 2014, y de allí en mas los mismo deben ser imputados como moratorio y hasta el efectivo pago y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijaran en un 50% de los moratorios, e IVA si correspondiere.- 2.-Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- Fdo Dra. Marisa Rondon, juez habilitada, ante mi, Dra. Beatriz Borja, secretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco Días.- San Salvador de Jujuy, 17 de Octubre  de 2.017.-

 

25/27/30 ABR. LIQ. Nº 13676 $465,00.-