BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 05/03/10
EXPTE. Nº 765-0719/07.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 JUN. 2009.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por aprobado en todas sus partes el Convenio de Cooperación y las Addendas I y II celebradas en fecha 7 de Marzo y 6 de Julio de 2007 respectivamente, entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY, representado por su titular, PROF. ELVA LILIANA JOSEFINA DOMINGUEZ y el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION, representado por la Sra. Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, LIC. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN, obrante a fs. 2/49, de conformidad a lo manifestado en el exordio.-
WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR