BOLETÍN OFICIAL Nº 45 – 23/04/18

Cámara en lo Civil y Comercial-Sala II-Vocalía 5 Expediente N°: C-045330/2015 Caratulado Daños y Perjuicios Paniagua Elías Manuel c/ Erazo María De Los Ángeles; Andar Automotores S.R. L. se ha dictado los siguientes proveídos: San Salvador de Jujuy, 14 de Julio de 2016. Proveyendo al escrito de fs. 28: De la Demanda ordinaria interpuesta y su ampliación córrase traslado a los accionados ANDAR S.R.L., María De Los Ángeles Erazo Y Jorge Mauricio Erazo, en el domicilio denunciado y con las copias respectivas, para que la conteste dentro del término de quince días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo si así no lo hiciere (art. 298 del C.P.C.).- Intímase a los accionados para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio Asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores providencias y resoluciones –cualquiera fuere su naturaleza- por Ministerio de Ley.- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Conforme Art. 50 Y 72 del C.P.C. se impone la carga de confección de la cédula ordenada precedentemente.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina -Vocal- Ante mí: Dra. Rocio Gismano -Pro secretaria.- San Salvador de Jujuy, 12 de Octubre de 2017. Proveyendo al escrito de fs.57: Téngase presente lo informado por el Registro de Comercio a fs. 56.- En consecuencia procédase a notificar a ANDAR AUTOMOTORMES S.R.L. el proveído de fecha 14/07/2016 (fs.34) mediante Edictos en el Boletín Oficial y un diario de tirada provincial por tres veces en cinco días.- Conforme Art. 50 y 72 del C.P.C. se impone la carga de confección de los Edictos ordenados precedentemente.- Notifíquese por cédula.- Fdo. DR. Jorge Daniel Alsina -Vocal- Ante mí: Dra. Rocio Gismano -Pro Secretaria.-Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.—-

San Salvador De Jujuy, 7, de Diciembre del 2017.-

 

23/25/27 ABR. LIQ. N° 13737- 13818 $465,00.-