BOLETÍN OFICIAL Nº 45 – 23/04/18

DECRETO Nº 3681-ISPTyV/2017.-

EXPTE Nº 600-391/2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 MAYO 2017.-

VISTO:

Las actuaciones del expediente de referencia, mediante el cual la Dirección Provincial de Recursos Hídricos solicita la autorización para adquisición de equipos pesados para la mencionada Dirección con el remanente de la partida presupuestaria creada por Decreto N° 3182-ISPTyV-17, y;

CONSIDERANDO:

Que, ante la crítica situación social, productiva, agropecuaria y de infraestructura producida por los aludes, precipitaciones torrenciales y crecida de ríos, por Decreto Acuerdo N° 2294-G-2017 se declaró “zona de desastre y estado de emergencia social, productiva, agropecuaria y de infraestructura al Departamento Tumbaya, demás localidades y departamentos de la Quebrada en el norte de la Provincia de Jujuy…”;

Que por Decreto N° 3182-ISPTyV-17, se modificó el presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2017, asignándole a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos una partida presupuestaria de $ 110.000.000 para la adquisición equipos pesados;

Que, por su parte, por Decreto N° 3061-ISPTyV, modificado por Decreto N° 3247-ISPTyV, y por los fundamentos allí expresados, se autorizó al mencionado organismo a realizar la adquisición de los bienes;

Que, como consecuencia de ello, por Expediente N° 0613-0065/2017 se realizó el trámite administrativo correspondiente para la adquisición del citado equipamiento, adjudicándose por Resolución N° 159-DPRH de fecha 3 de Abril de 2017 los items 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9,10 y 13,

Que asimismo por la antes citada Resolución se dejó sin efecto la adquisición respecto a los items 6 y 12, por resultar inconvenientes a las necesidades de la repartición y se declaró desierta a su vez las compulsas correspondientes a los items 5 y 11, en virtud de la falta de presentación de oferentes Para dichos items;

Que la citada Resolución N° 159-DPRH fue ratificada por Resolución N° 202-ISPTyV dictada por el Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, contando dicho acto administrativo con la correspondiente Toma de Razón por parte del Tribunal de Cuentas de la Provincia (Resolución N° 001112-S/I-2017);

Que compartiendo lo manifestado en estos obrados por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, es criterio utilizar el remanente presupuestario asignado oportunamente para la adquisición de otros equipos que resultan necesarios para las tareas que le competen al citado Organismo, como así también para adquirir los items a los cuales no se presentaron oferentes en el anterior procedimiento;

Que, asimismo teniendo en cuenta que el Decreto-Acuerdo N° 3789­-H/01 dispone la prohibición total de compra de Bienes de Capital en todas las unidades de organización dependientes de la Administración Pública, centralizada, descentralizada, entidades autárquicas, salvo expresa autorización por Decreto del Poder Ejecutivo, por los motivos antes expresados es criterio otorgar en el presente acto la autorización requerida en el antes citado Decreto;

Que el Decreto-Acuerdo N° 3716-H-1978 de Reglamento de Contrataciones del Estado y el Decreto N° 159-H/G/57 establecen los procedimientos al que deben ajustarse las distintas compras del Estado Provincial, con arreglo a los procedimientos fundamentales establecidos por la Ley de Contabilidad;

Que, si bien la citada normativa establece la licitación pública como procedimiento y principio general en las contrataciones, la misma norma establece excepciones, a las cuales en esta oportunidad se considera necesario apelar, fundamentalmente por requerir bienes de características técnicas especiales, como así también en razón de la urgencia de contar con los mismos en el menor plazo posible;

Que, subsisten razones de urgencia o emergencia en la adquisición de los- bienes en forma directa, de conformidad a lo establecido en el artículo 54° inciso 3 apartado d) del Decreto N° 159-H/G/57, ya que otro procedimiento de selección no resolvería la situación en tiempo oportuno, debido, como ya se expresó, a la imperiosa necesidad de contar con los bienes dados los factores climáticos adversos que siguen vigentes en todo el territorio de la provincia;

Que, la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia, realizan los informes de su competencia;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.-Autorizase a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos a efectuar la adquisición de los Bienes de Capital detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, con el remanente de la partida presupuestaria creada por Decreto N° 3182-ISPTyV-17, mediante el sistema de contratación directa, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 54°, inc. 3 apartados “d” del Decreto Ley N° 159-H/G-1957, entendiéndose a esos fines otorgada la autorización previa exigida en el Decreto Acuerdo N° 3789-H-2001.‑

ARTICULO 2°.-La autoridad de aplicación en la contratación que por el presente Decreto se autoriza, deberá respetar los términos del Decreto Acuerdo N° 3716-H-78 Reglamento de Contrataciones del Estado.‑

ARTICULO 3°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, dese al Registro, Publíquese -en forma integral- en el Boletín Oficial, y pase a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Recursos Hídricos, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, pase a la Dirección de Trámites y Archivos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR

 

ANEXO I

LISTADO DE EQUIPAMIENTO D.P.R.H.

 

Item Equipo Tipos de Modelos Cant.
1 Retropala John Deere 310K o CAT 416F o SIMILAR 2
2 Excavadora John Deere 210G o SIMILAR 1
3 Topadora D 6 o SIMILAR 1
4 Casilla para personal Capacidad 4 personas 5
5 Carretón Randon o Cometo o SIMILAR 1
6 Camión Tipo Tatoo Capacidad 14 m3 o SIMILAR 1

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR