BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 31/03/10
EXPTE. N° 300-368-2009.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 FEB. 2010.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Otórgase Personaría Jurídica a favor de “ASOCIACIÓN CIVIL DE AUTOAYUDA A PACIENTES ONCOLÓGICOS- A.P.O.JUY”, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y cinco (35) Artículos, que corre agregado de Fs. 25 a 32 de autos.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR