BOLETÍN OFICIAL Nº 48 – 30/04/10

Icon_PDF_6

DECRETO Nº 5427-G.-

EXP. Nº 650-361/2009.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 FEB. 2010.-

VISTO Y CONSIDERANDO

Los presentes actuados iniciados a instancias de la Dra. PAOLA SILVIA RAMUNDO mediante los cuales solicita la pertinente autorización para realizar tareas de investigación arqueológica en la Quebrada de La Cueva entre los 22º 35´ S y 22º 57´ S Departamento de Humahuaca, por un plazo de tres (3) años

Que, dichas tareas se encuentran comprendidas en el marco del Proyecto “Estudio del Patrón de Instalación Humana Prehispánica, en la Cuenca de la Quebrada de La Cueva (Dpto. de Humahuaca)”.-

Que, a fs. 33/33vta. obra solicitud de autorización atenta a la aprobación favorable del Sr. Secretario de Turismo y Cultura.

Que, la presente cuestión encuadra en las previsiones del Decreto- Ley Nº 3866/82.

Que, a fs. 35/36 vta. cuenta con la intervención de competencia de Fiscalía de Estado.

Que, atento la naturaleza de la Cuestión, debe preverse que el material que sea extraído deberá ser entregado con inventario detallado, firmado por el responsable, limpio, siglado y en buenas condicionas de conservación a la Secretaria de Turismo y Cultura de la Provincia

Que en tal contexto, es criterio acceder a lo solicitado por cuanto con ello se propicia la consolidación del valor material y espiritual de nuestra historia y cultura

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-   Autorizase a la Dra. PAOLA SILVIA RAMUNDO, DNI Nº 23.075.564, a efectuar la tareas de investigación arqueológica en la Quebrada de La Cueva (entre los 22º 35´ S y 22º 57´ S )  (Dpto. de Humahuaca), por el término de Tres (3) años , a partir del presente Decreto y a tenor de los argumentos vertidos en el exordio.-

ARTICULO 2º.-  El Departamento de Investigaciones Arqueológicas de la Secretaria de Cultura, tendrá a su cargo el seguimiento de las tareas desarrolladas, el control del plazo acordado, como así también la registración y custodia de los restos arqueológicos e históricos hallados conforme a las previsiones del Decreto- ley Nº 3866/82

ARTICULO 3°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial  y pase a Secretaria de Turismo y Cultura (Departamento de Investigaciones Arqueológicas) a sus demás efectos de competencia.

 

 

  1. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR