BOLETÍN OFICIAL Nº 44 – 20/04/18

Dr. R. Sebastian Cabana- Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria N° 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. Ramón Eduardo Flores, D.N.I. N° 27.228.422 que en el Expte. N° C-036.836/14, caratulado: “Prepara Vía Ejecutiva: TARJETA NARANJA S.A c/ FLORES, RAMON EDUARDO”, se dicto el siguiente Proveído de fs. 69: “San Salvador de Jujuy, 26 de Septiembre del 2017.-Atento al estado de autos y dispuesto por los Art. 472 y 478 y correlativos del C.P.C, líbrese en contra de Ramón Eduardo Flores, D.N.I. N° 27.228.422, mandamiento de pago y ejecución por la suma de Pesos Diez Mil Setecientos Treinta y Uno Con Ochenta y Siete  Ctvos. ($10.731,87.-) en concepto de capital reclamado, con más la de Pesos Tres Mil Doscientos Diecinueve con Cincuenta y Seis Ctvos. ($3.219,56.-) presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio.- Cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución.- Córrasele traslado del pedido de intereses por igual termino que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo intímese al demandado a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (Arts. 52 y 154 del C.P.C.) haciéndole saber que los días de notificación en Secretaria del Juzgado son los martes y jueves ó el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Asimismo, habiéndose agotado la vía dispuesta por el Art. 162 del C.P.C., y atento lo solicitado precedentemente, notifíquese el presente proveído mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber al accionado Ramón Eduardo Flores, D.N.I. N° 27.228.422, que deberá presentarse (a hacer valer sus derechos), bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quien se seguirá el juicio (art. 474 del C.P.C.).- Notificación art.154 del C.P.C.- rfs/sm. Dr. R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Silvia Molina: Prosecretaria”.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 26 de Septiembre de 2017.-

 

20/23/25 ABR. LIQ. N° 13688 $465,00.-