BOLETÍN OFICIAL Nº 44 – 20/04/18
EXPTE Nº 0200-616/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 ENE. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Desestimar, por inadmisible e improcedente, el Reclamo Administrativo Previo (Ley N° 5238) tentado en autos por el señor ELIAS CANAVIDE, DNI N° 20.105.047, con patrocinio letrado del Dr. Carlos Ariel Meyer, por el cual requiere de la Administración provincial el pago de prestaciones dinerarias y en especie por accidente de trabajo sufrido, y/o enfermedad profesional, fundado en la Ley N° 24.557, a tenor de lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2°.-Dejase establecido que lo dispuesto por el presente acto no implica habilitar instancias y/o plazos vencidos, sino, sólo dar respuesta a la presentación efectuada, en cumplimiento de la obligación de expedirse que la Constitución Provincial impone a los funcionarios públicos.-
ARTICULO 3°.-Por Secretaría General de la Gobernación notifíquese al presentante.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR