BOLETÍN OFICIAL Nº 1 – 02/01/17

N°148.- Escritura Número Ciento Cuarenta y Ocho. Modificación Contrato Social CLEANING S.R.L.– En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis, ante mí, NORMA RAQUEL CHAVES, Escribana Pública Titular del Registro número cuarenta y cuatro, COMPARECEN: GUILLERMO ANTONIO CORIMAYO, argentino, Documento Nacional de Identidad número veinticuatro millones trescientos noventa y nueve mil cuatrocientos cuarenta y nueve, nacido  el  día 10 de octubre del año 1973, CUIT  20-24399449-8 , empleado, soltero, domiciliado en calle 25 de mayo N°301 del barrio Almirante Brown de esta ciudad, MAYRA LUJAN TEJERINA, argentina, Documento Nacional de Identidad número treinta y seis millones cuatrocientos cincuenta mil setecientos ochenta y siete, nacida el día seis de octubre del año 1991, CUIT 27-36450787-4, comerciante, soltera, domiciliada en Avenida Martijena N°10 del barrio Santa Bárbara, Puesto viejo, departamento El Carmen de esta provincia y ALEJANDRO JORGE RICARDES, argentino, Documento Nacional de Identidad número veinticuatro millones setecientos noventa mil veinte, nacido el día 10 de agosto del año 1975, CUIT  23-24790020-9, abogado, casado en primeras nupcias con Verónica Vargas Luxardo, domiciliado en  calle Salta N° 1363 de esta ciudad. Todos de mi conocimiento, doy fe. Declarando bajo fe de juramento ser plenamente capaz, no estar inmersos en los artículos 44 y 45 del Código Civil y Comercial, y que el domicilio consignado corresponde al real.- Y LOS COMPARECIENTES DICEN: Que comparecen en su carácter de socios de la firma Cleaning S.R.L., constituida mediante contrato social autorizado por Escritura N° 124 de fecha veintiocho de septiembre del año 2016 por ante la suscripta .-Que por acuerdo unánime de los socios que componen la totalidad del capital, y a fin de salvar las observaciones formuladas en Expediente de trámite de Inscripción ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, por este acto han resuelto, Primero: Adecuarse el objeto social al artículo 11 inciso 3 de la Ley General de Sociedades N° 19550, para lo cual resuelven modificar la cláusula CUARTA del contrato social referido, la que quedará redactada con el siguiente tenor: “Cuarta: Objeto: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, o de terceros; o asociada a terceros, en cualquier parte del país las siguientes actividades: A) Limpieza y Mantenimiento de bienes muebles e inmuebles en su más amplio concepto, entendiéndose los siguiente rubros a título enunciativo y no limitativo: Limpieza y mantenimiento integral de edificios públicos y privados, limpieza de fin de obra, retiro de restos de obra, limpieza de alféizares, cristales y perfilería, tratamiento de suelos, limpieza de canaletas, aires acondicionados, limpieza hospitalaria, gestión integral de residuos, limpieza de superficies textiles, limpiezas industriales, criogénica. Trabajos verticales en limpieza de superficies acristaladas de difícil acceso. Mantenimiento de sistema de climatización, de electricidad de baja tensión, y fontanería. Reparaciones de albañilería, revisiones periódicas de calderas y equipos electrógenos, confección y seguimiento del Libro del Edificio. Pintura. Limpieza de mantenimiento interior y exterior de unidades móviles.- B) Jardinería: Podas de árboles, setos y arbustos, siegas de césped, abonado químico, instalación y mantenimiento de tepes, resembrado, jardinería de mantenimiento, control de plagas. C) Desinfección: desinsectación, desinfección, desratización, tratamientos antixilófagos, control de palomas y otras plagas urbanas. D) Provision y Venta de Productos de Limpieza e Indumentaria de Seguridad Compraventa, representación, consignación, distribución, expendio o cualquier otro modo de comercialización de productos de limpieza o bactericidas, y productos similares tanto para su comercialización como para su consumo.- Para el cumplimiento del objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica a los efectos de realizar todo tipo de actos y operaciones relacionados con aquél.” Segundo: Asimismo han resuelto aumentar el capital social de la firma CLEANING SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en la suma de pesos cincuenta  mil  ($50.000.-), es decir, del capital de pesos cien mil ($100.000.-) a la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($150.000.-).- Tercero: La forma de suscripción e integración  también será modificada, siendo integrado por los socios en dinero en efectivo del siguiente modo: un veinticinco por ciento (25%) del capital en este acto y el resto en el plazo de seis meses contados a partir de la fecha.- Cuarto:  Por lo antes resuelto resuelven  reformar la cláusula quinta del contrato social, a fin de consignar el capital social resultante del aumento, la que quedará redactada con el siguiente tenor: “Cláusula Quinta: Capital Social: Se fija el capital social de la sociedad en la suma de Pesos Cien Cincuenta Mil ($150.000,-) dividido en Ciento Cincuenta (150) cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($ 1.000,-) cada una. Suscripción: En este acto, los socios suscriben la totalidad del capital de la siguiente forma: el señor Guillermo Antonio Corimayo, la cantidad de sesenta (60) cuotas sociales que representan el cuarenta por ciento (40%) del capital; que en valores asciende a la suma de pesos sesenta mil ($ 60.000.-), la señorita Mayra Lujan Tejerina la cantidad de cuarenta y cinco (45) cuotas sociales que representan el treinta por ciento (30%) del capital; que en valores asciende a la suma de pesos cuarenta y cinco mil ($45.000,-) y el señor Alejandro Jorge Ricardes la cantidad de cuarenta y cinco (45) cuotas sociales que representan el treinta por ciento (30%) del capital; que en valores asciende a la suma de pesos cuarenta y cinco mil ($45.000,-). Integración: El capital suscripto en las proporciones detalladas, será integrado por los socios del modo siguiente: un Veinticinco Por Ciento (25%) en este acto, y el resto en el plazo de seis meses contados a partir de la fecha.- Quinto: Quedan subsistentes todas las demás cláusulas y condiciones del contrato social en cuanto no resultaren modificadas por la presente. – Constancias Notariales: Los comparecientes acreditan su carácter de socios con la siguiente documentación: a) Contrato constitutivo autorizado por Escritura Número 124 de fecha veintiocho de septiembre del año dos mil dieciséis.  Previa lectura y ratificación de los comparecientes, firman por ante mí, Escribana Autorizante, doy fé.- Hay tres firmas ilegibles. Ante mi. Está mi firma y sello notarial.- Concuerda fielmente con su Escritura Matriz que paso ante mi al folio 297-298 del Protocolo “A” del Registro Notarial N°44 a mi cargo, doy fe. Para CLEANING S.R.L. se expide este PRIMER TESTIMONIO en dos hojas de Actuación Notarial, las que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. NORMA R. CHAVES, TIT. REG. Nº 44, S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 20 de Diciembre de 2016.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO.-

 

02 ENE. LIQ. Nº 124690 $130,00.-