BOLETÍN OFICIAL Nº 42 – 16/04/18

DECRETO Nº 5923-HF/2017.-

EXPTE Nº 500-965-2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DIC. 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Apruébase el CONVENIO BILATERAL de fecha 28 de diciembre de 2017 suscripto con el ESTADO NACIONAL en los términos de la Resolución N° 745-E-2017 del Ministerio de Hacienda de la Nación.-

ARTICULO 2°.- Dispónese la cesión pro solvendo de los derechos sobre las sumas a percibir de !a Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1°, 2° y 3° del ACUERDO NACION PROVINCIAS SOBRE RELACIÓN FINANCIERA Y BASES DE UN RÉGIMEN DE COPARTICIPACIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS, ratificado por Ley 25.570 o el régimen que lo sustituya en el futuro, hasta la total cancelación del capital con más los intereses y gastos adeudados con los alcances previstos en el Convenio que se aprueba.-

ARTICULO 3°.- Como consecuencia de lo dispuesto en los Artículos 1° y 2° del presente, autorizase al Estado Nacional a retener automáticamente de la Coparticipación Federal de Impuestos de acuerdo a lo establecido por los artículos 1°, 2° y 3° del Acuerdo Nación Provincias ratificado por Ley Nacional N° 25.557 o el régimen que la sustituya, los importes necesarios para la ejecución del Convenio que se ratifica por el presente.-

ARTICULO 4°.- Dése cuenta a la Legislatura de la Provincia.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR