BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 13/04/18
EXPTE Nº 715-854/14.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modificase el Artículo 1° del Decreto N° 8700-S-15, donde dice “…cuarenta y cinco (45) días…”, deberá decir “…treinta y ocho (38) días…”, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 2°.- Modificase el Artículo 3° del Decreto N° 8700-S-15, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 3°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a la Partida Presupuestaria “3-10-15-01-26 para pago obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores”, prevista en la Jurisdicción “L” Deuda Pública del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos-Ejercicios Anteriores 2017-Ley N° 6001, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, destinada a afrontar la erogación generada en el Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, debiendo el organismo respectivo cumplir en la autorización, aprobación y ejecución del gasto con las disposiciones legales vigentes.-”
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR