BOLETÍN OFICIAL Nº 147 – 30/12/16

CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA QUIACA

ORDENANZA Nº 67/2016.-

VISTO:

La realidad económica actual de la Municipalidad Andina de La Quiaca impone que se mantengan la Emergencia Económica, Financiera y Administrativa de la Municipalidad dispuesta por la Ordenanza N° 07/2015 y su prorroga en Ordenanza Nº 27/2016, y,

CONSIDERANDO:

Que, con el inicio de la nueva gestión han surgido nuevas circunstancias económicas, administrativas y financieras que no se conocían al momento del dictado de la normativa referida, que obligan disponer una nueva prórroga de la emergencia;

Que, la existencia de juicios nuevos, la aparición de nuevos contratos de empleo público, un desorden administrativos, seguido de varios ilícitos detectados, son apenas una muestra de lo que fue la gestión municipal del ex Intendente Dante Aníbal Velázquez;

Que, todas estas circunstancias, y muchas otras, requieren que se extienda la Ordenanza de Emergencia Económica, Financiera y Administrativa Municipal dispuestas por este Cuerpo Deliberativo;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Provincial, Ley Orgánica de Municipios Nº 4466/89 y el Reglamento Interno,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA QUIACA

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 67/2016:

ARTICULO 1º: PRORROGAR, por el plazo de ciento ochenta (180) días a partir del día 10 de diciembre de 2016, la emergencia Económica, Financiera y Administrativa de la Municipalidad Andina de la Quiaca, dispuesta por la Ordenanza N° 07/2015.-

ARTÍCULO 2º: APROBAR todo lo actuado por el Intendente de la Municipalidad, en el marco de la emergencia dispuesta por la Ordenanza N° 07/2015.-

ARTÍCULO 3°: COMUNICAR al Departamento Ejecutivo Municipal, difúndase, publíquese y archívese.-

 

Sala de Sesiones, 28 de diciembre de 2016.-

 

José Vásquez

Presidente