BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 11/04/18

DECRETO Nº 5534-S/2017.-

EXPTE Nº 714-471/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por usufructuada la licencia sin goce de haberes, a favor de la Dra. Ana Mirta Isabel Giménez, CUIL 27-17771491-2, en el cargo categoría A-30 hrs., agrupamiento profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R2-02-02 Hospital “Pablo Soria”, por el período comprendido entre el 5 de marzo de 2016 y el 4 de marzo de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 2°.- Téngase por cumplido el reemplazo efectuado por la Dra. Gisela Mariel Bejarano, CUIL 27-26793534-9, en el cargo categoría A-30 hrs., agrupamiento profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R2-02-02 Hospital “Pablo Soria”, por el período comprendido entre el 5 de marzo de 2016 y el 4 de marzo de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:

EJERCICIO 2017

Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción Ministerio de Salud, Unidad de Organización 2-02-02 Hospital Pablo Soria.‑

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado),

Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26”: “Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.-

ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR