BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 11/04/18

ESCRITURA NUMERO NOVENTA Y CINCO.- Nº 95.- ACTA DE CONSTATACIÓN REQUERIDA POR EL DOCTOR FELIPE HANSEN.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a trece días de septiembre de dos mil diecisiete, siendo las diecisiete horas, yo, Octavio Manuel Frías, Escribano autorizante, Adscripto al Registro Notarial número treinta y cinco, me constituyo en la calle Doctor Sabín 1061, barrio Ciudad e nieva de esta ciudad, a requerimiento del Doctor Felipe Hansen, argentino, con documento nacional de identidad número 29.942.510, casado, nacido el día 13 de diciembre de 1982, domiciliado legalmente en este lugar, mayor de edad, hábil, a quién afirmo conocer en los términos del artículo 306 inc. b) del Código Civil y Comercial de la Nación, doy fe.- Y el requirente EXPONE: Que de acuerdo a la escritura número setecientos treinta y dos de fecha 04 de agosto de 2017 autorizada por el Escribano Matías Pablo Seoane, titular al registro notarial número 2089 de la Ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, ha quedado constituida la Sociedad Anónima Unipersonal que gira en esta plaza bajo la denominación social “EGP SOLAR VI S.A.U.” de la cual el requirente manifiesta se apoderado, cuya sede social, de acuerdo al documento citado, se ha constituido en el domicilio donde me encuentro. Que a fin de dar trámite a las distintas etapas del procedimiento administrativo que la sociedad requiere, el Doctor Hansen, se encuentra procurando la obtención de la clave única de Identificación tributaria (CUIT) ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. Con tal objeto, y en función de la normativa dictada por el Organismo de Recaudación, solicita al autorizante constate la existencia y disposición del inmueble donde me encuentro constituido, en tanto allí funciona efectivamente el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la entidad. Acto seguido, siendo las diecisiete horas con quince minutos, aceptando el requerimiento, ingreso junto con el doctor Hansen al domicilio aludido precedentemente, el cual se trata de una casa de tres plantas, la cual es abierta por el mencionado Hansen. Una vez dentro, compruebo que se trata de una residencia cuyo mobiliario es compatible con el destino de oficinas, donde los socios de EGP Solar VI S.A.U. han fijado su sede social.- No siendo para más el acto, previa lectura y ratificación de su contenido, es firmado por el requirente, todo por ante mí, doy fe.- Firmado: Felipe Hansen.- Ante mí: Octavio Manuel Frías.- Está mi sello.- CONCUERDA con su escritura matriz que pasó ante mí al folio 210 del protocolo del corriente año a mi cargo.- Para el requirente expido esta PRIMERA COPIA en una hoja de actuación notarial que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.

San Salvador de Jujuy, 07 de Marzo de 2018.-

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO

11 ABR. LIQ. Nº 13615 $ 280,00.-