BOLETÍN OFICIAL Nº 147 – 30/12/16

MUNICIPALIDAD DE LA MENDIETA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA Nº 636/O/16.-

Presupuesto de la Municipalidad de la Municipalidad de La Mendieta para el año 2016

Disposiciones Generales.-

ARTÍCULO 1°: Sanciónese con fuerza de Ordenanza, el Presupuesto General de Recursos, Erogaciones y Financiamiento de la Municipalidad de La Mendieta para el año 2016, de acuerdo a los dispositivos y a los cuadros anexos que forman parte integrante de la ordenanza.

CAPITULO I

Estructura del Presupuesto

ARTÍCULO 2°: BALANCE FINANCIERO PREVENTIVO:

 

I. INGRESOS CORRIENTES 103.151.461,31
Tributarios 102.979.411,06
*De Origen Municipal 1.701.372,88
*Tasas 393.522,75
RG 393.522,75
*Canon 326.385,20
RG 326.385,20
*Eventuales 923.484,79
RG 923.484,79
*Otros Recursos Tributarios 57.980,14
RG 57.980,14
*De Origen Provincial 101.278.038,18
*Coparticipación 100.792.451,28
RG 100.792.451,28
*Automotor 512.931,60
RG 485.586,90
No Tributarios 2.130,25
*Otros Recursos No Tributarios 2.130,25
RG 2.130,25
Transferencias corrientes 169.920,00
*Otros 169.920,00
Comedor Infantil 169.920,00
II. GASTOS CORRIENTES 120.291.278,25
*Gastos de Consumo 113.767.938,28
Personal 109.427.241,75
Superior 6.634.109,50
Planta 30.474.125,22
Contratados 0,00
Jornalizados 72.319.007,03
*Bienes de Consumo 2.069.775,88
RG 2.069.775,88
*Servicios 2.270.920,65
RG 2.270.920,65
*Trasferencias Corrientes 6.523.339,97
*Al Sector Privado 270.139,97
RG 270.139,97
*Al Sector Público 6.253.200,00
Planes sociales 6.253.200,00
III. RESULTADO ECONOMICO -17.139.816,93
IV. INGRESOS DE CAPITAL 5.556.185,44
Transferencia de Capital 5.556.185,44
* Fondo Federal Solidario 5.556.185,44
RG 5.556.185,44
V. GASTOS DE CAPITAL 5.754.133,40
Inversión Real Directa 5.754.133,40
*Bienes de Capital – Maquinaria y Equipo 197.947,96
RG 197.947,96
*Trabajos Públicos – Construcciones 5.556.185,44
RA 5.556.185,44
VI. INGRESOS TOTALES 108.707.646,75
VII. GASTOS TOTALES 126.045.411,65
VIII. RESULTADO FINANCIERO PREVIO -17.337.764,89
IX. CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS 0,00
X. GASTOS FIGURATIVOS 0,00
XI. FUENTES FINANCIERAS 19.095.031,50
Endeudamiento Público e Incremen. de Otros Pasivos 19.095.031,50
*Uso del Crédito 19.095.031,50
RG  
Profosam 3.215.773,00
Necesidad de Financiamiento 15.879.258,50
XII. APLICACIONES FINANCIERAS 1.757.266,60
Inversión Financiera 0,00
Amortiz. Deuda y Disminución de Otros Pasivos 1.658.168,37
*Amortización de la Deuda 1.658.168,37
RG 1.658.168,37
*Disminución de otros 99.098,23
RG 99.098,23
Total 0,00

 

ARTÍCULO 3°: EROGACIONES: Estímese el Presupuesto de Erogaciones Corrientes y de Erogaciones de Capital de La Municipalidad de La Mendieta para el Ejercicio 2016, en la suma de Pesos Ciento Veintiséis Millones Cuarenta y Cinco Mil Cuatrocientos Once con 65/100 ($126.045.411,65) o su equivalente en otros medios de pago, con destino a las finalidades que se indican a continuación y que se detallan analíticamente en las planillas anexas que forman parte integrante de esta Ordenanza:

 

EROGACIONES:

 

II. GASTOS CORRIENTES 120.291.278,25
*Gastos de Consumo 113.767.938,28
Personal 115.658.456,44
Superior 6.634.109,50
Planta 30.474.125,22
Contratados 0,00
Jornalizados 72.319.007,03
*Bienes de Consumo 2.069.775,88
RG 2.069.775,88
*Servicios 2.270.920,65
RG 2.270.920,65
*Transferencias Corrientes 6.523.339,97
*Al Sector Privado 270.139,97
RG 270.139,97
*Al Sector Público 6.253.200,00
Planes sociales 6.253.200,00

 

V. GASTOS DE CAPITAL 5.754.133,40
Inversión Real Directa 5.754.133,40
*Bienes de Capital-Maquinaria y Equipo 197.947,96
RG 197.947,96
*Trabajos Públicos-construcciones 5.556.185,44
RA 5.556.185,44
GASTOS TOTALES 126.045.411,65

 

ARTÍCULO 4°: RECURSOS: Estímese el cálculo de Recursos Corrientes y Recursos de Capital, para atender las erogaciones incluidas en el artículo precedente, en la suma de Pesos Ciento Ocho Millones Setecientos Siete Mil Seiscientos Cuarenta y Seis con 75/100 ($108.707.646,75) o su equivalente en otros medios de pago, destinados a atender las erogaciones a las que se refiere el Artículo 3° según detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de esta Ordenanza.-

ARTÍCULO 5°: STOCK DE DEUDA: Reconoce como deuda legítima, razonablemente determinada, sin interés y a amortizar en el presente Ejercicio Fiscal y siguiente la suma de Pesos Dos Millones Setecientos Cincuenta y Un Mil Trescientos Sesenta y Tres con 76/100 ($2.751.363,76).

 

PROVEEDOR MONTO    
Despensa Mariel 1.947,50    
2.389,50    
2.389,00    
2.627,70    
2.422,50    
Gomar Neumáticos 2.240,00    
1.840,00    
1840,00    
2.240,00    
Despensa Marina 2.090,00    
Grafica Papiro 4.124,25    
2.125,00    
Despensa Mary 7.068,00    
5.714,50    
3.111,00    
3.111,75    
17.612,05    
3.111,00    
Romano Sport 15.600,00    
 1.620,00    
Honorarios de Profesionales 3.800,00    
Insumos INFORMÁTICOS 9.222,46    
1.050,30    
Caja Chica Consejo Delib      900,00    
Servicios de Alquirer de Camión 38.000,00    
Filmación – Fotocopias 7.284,00    
4.287,00    
Despensa Trabalon        13.858,50    
Cuota Sindical Comercial 14.160,21    
7.617,67    
22.067,72    
Lubricentro El Tío 3.719,28    
3.719,28    
Sandwicheria “Eh Loco” 2.327,50    
2.660,00    
Revista Policial 2.363,12    
2.363,12    
I.I.E S.R.L. 129.556,90    
Maquinarias Pesadas 24.500,00 C-061272/2016
23.000,00 PROCESO
38.975,00 EJECUTIVO
92.500,00  
38.975,00 $ 620.000,00
38.350,00  
16.300,00  
45.000,00  
25.000,00  
40.000,00  
U.P.C.N- Jujuy 16.281,87    
28.862,57    
Sirius 2.185,00    
Tai´S 2.889,90    
4.465,00    
855,00    
Anticipo De Sueldo 2.000,00    
Publicidad 1.500,00    
Honorarios De Profesionales 6.200,00    
Carnicería La Bombonera 3.612,00    
3.612,78    
Ga-Lu Imprenta 5.740,47    
13.487,00    
26.823,00    
7.726,00    
Reposición de Gastos 2.000,00    
Lubricar 5.730,00    
Ferretería Al-Fe

 

19.853,00    
1.500,00    
24.360,00    
Servicios de Internet 500,00    
La Chispa 2.635,00    
2.544,75    
Florería Lucy 2.400,00    
Nelson Rubén 34.904,45    
Amarela S.A. 3.450,00    
Movistar 175.931,13    
Cheques Varios 8.830,00    
Deiana Gustavo Andrés 1.074,01    
Giusti Daniel Enrique 14.540,00    
Méndez Juan Carlos 4.085,00    
Murienega Ariel Marcelo 1.550,00    
Pineda Gabriel Alejandro 950,00    
Toba S.R.L. 23.000,00    
Giusti Daniel Enrique 5.659,50    
Giusti Daniel Enrique 14.540,00    
Asociart S.A. 54.797,84    
Crecer Servicios Médicos S.R.L. 7.457,50    
García Myrian Adriana 17.187,89    
Gerbasi Marcelo (Public.) 2.363,12    
Giusti Daniel Enrique 8.680,00    
Grafica Silmac S.R.L. 3.318,00    
Gutiérrez Abel Antonio 1.000,00    
Gutiérrez Fabricio Ramón 8.670,00    
I.I.E. SRL (Repos. Ch. + Gastos) 9.287,45    
I.I.E. SRL (Repos. Ch.) 8.024,62    
Llusco Rolando (Ch. Rech.) 9.222,46    
Ruiz María Del Valle (Emb. Alimentario) 6.933,00    
Seom Jujuy 28.048,83    
Sola José Leandro 32.600,00    
Tarcaya Omar Enrique 4.000,00    
Tejerina Herminia 7.068,00    
Toba S.R.L. 36.500,00    
Trabalon Mariano (Artículos de Lim.) 25.685,79    
Crecer Servicios Médicos S.R.L. 7.457,50    
Diesel Jujuy S.R.L. 6.686,59    
Galván Federico (Repos Ch Rech) 3.450,00    
García Myrian Adriana 18.726,45    
Gutiérrez Fabricio Ramón 32.729,70    
Huanca Elio Oscar 6.514,97    
I.I.E. S.R.L. 9.388,45    
López Tejedor Gilda 2.425,00    
Maidana Jorge 2.010,00    
Marin Víctor 1.800,00    
Muro Guillermo Fabricio (A Cta.) 2.500,00    
Reales David Fernando 4.000,00    
Ríos Gabriela Angelina 7.623,00    
Serrano Héctor Mauricio (Repos Ch Rech) 1.710,00    
Singh Yadwinder 17.255,39    
Tejerina Herminia 7.068,00    
Vitale Norma E 13.607,75    
Galván Federico (Repos Ch Rech) 3.450,00    
García Myrian Adriana 9.363,22    
Singh Yadwinder 155.298,51    
Trabalon Mariano (Rep Cheque) 7.440,13    
Gómez Jorge Daniel 1.657,50    
Serrano Héctor Mauricio (Repos Ch Rech) 1.299,60    
Uragasti Luis Alfredo 5.746,00    
Urzagasti Luis Alfredo 5.746,00    
J.J. Gay y Cia S.R.L. 4.389,44    
Vitale Norma E 6.240,00    
Giusti Daniel Enrique 4.735,66    
Giusti Daniel Enrique 4.665,26    
Gutiérrez Fabricio Ramón 8.671,00    
Giusti Daniel Enrique (Rep. Ch.) 2.531,19    
M.L.M. (Rep. Ch. Gutierrez Fbricio) 2.000,00    
Giusti Daniel Enrique 3.889,90    
Singh Yadwinder 120.765,45    
Giusti Daniel Enrique 5.872,01    
Gutiérrez Fabricio Ramón 21.767,00    
Ríos Gabriela Angelina 13.879,48    
Giusti Daniel Enrique 163.293,09    
Trabalon Mariano 17.122,71    
Mlm (Rep Ch Ibarra Mario) 3.230,00    
UPCN – Noviembre 2015 50.818,56    
ASEP – Noviembre 2015 2.000,00    
Seom-Agosto a Diciembre 2015      146.648,24    
Embargos por Alimentos – Septiembre a Noviembre 2015        72.216,00    
A.T.E. – Noviembre 2015 5.344,57    
Embargos Comerc. – Septiembre A Noviembre 2015        35.027,70    
Total   $2.751.363,76    

 

ARTÍCULO 6°: AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA EJERCICIO 2016: Fíjense las erogaciones para atender la Amortización de la Deuda Pública, en la suma de Pesos Un Millón Seiscientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Sesenta y Ocho con 37/100($1.658.168,37) o su equivalente en otros medios de pago, de acuerdo con la siguiente distribución:

Amortización de la Deuda Consolidada                 $0,00

Amortización de la Deuda Flotante (Proveedores) $1.658.168,37

TOTAL                                                                   $1.658.168,37

ARTÍCULO 7°: FINANCIAMIENTO: Estímese el Financiamiento en la suma de Pesos Quince Millones Ochocientos Setenta y Nueve Mil Doscientos Cincuenta y Ocho con 50/100 ($15.879.258,50) o su equivalente en otros medios de pago, de acuerdo a las parte pertinente de las Planillas Anexas integrantes de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 8°: Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, estimase el Balance Financiero Preventivo que se indica a continuación;

Erogaciones $126.045.411,65

Recursos      $108.707.646,75

NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO $15.879.258,50

Fuentes Financieras                                                        $3.215.773,00

Aplicaciones Financieras                                                 $1.757.266,60

ARTÍCULO 9°: PLANTA DE PERSONAL: Fíjese en Ciento Treinta y Cuatro (134) el número de cargos de Planta Permanente, los que se detallan en la Planilla Anexa que forma parte integrante de esta Ordenanza.

ARTÍCULO 10°: La administración de los recursos humanos no permanentes será realizada por el Departamento Ejecutivo y su incorporación a la inversión real se hará en función del avance de la misma.

CAPITULO II

DE LAS NORMAS SOBRE GASTO

ARTÍCULO 11º: MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS DENTRO DE LA JURISDICCIÓN: Facúltese al Departamento Ejecutivo a disponer las reestructuraciones presupuestarias (modificaciones, reajustes y compensaciones de partidas) que considere necesarias dentro del total del Presupuesto aprobado por el Artículo 2º de la presente Ordenanza para su Jurisdicción, siempre y cuando lo considere necesario para no entorpecer la normal prestación de los servicios previstos en el mismo y con el objeto de lograr un eficaz desenvolvimiento de la Administración Municipal dentro de los fines acordados, con excepción de: a.- Los reajustes presupuestarios que impliquen transferencias de créditos de las partidas de Trabajos Públicos a Erogaciones Corrientes. b.- Los ajustes de partidas que impliquen una modificación al total del Presupuesto Municipal autorizado en el artículo 2º, con la salvedad de lo dispuesto en los Artículos 11º, 12º y 13º de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 12º: AJUSTE PRESUPUESTARIO POR MAYOR O MENOR RECAUDACIÓN o POR APORTES NO REINTEGRABLES: Si durante el ejercicio, la proyección de la recaudación a obtener en un determinado recurso o financiamiento supera el cálculo respectivo previsto en el Presupuesto, como así también si se reciben subsidios y/o aportes no reintegrables no afectados no previstos, el Departamento Ejecutivo podrá incrementar las partidas de erogaciones en la misma cuantía, de modo de ajustarlas a los requerimientos de la ejecución. Por el contrario, si durante el ejercicio, la recaudación proyectada y/u obtenida no supera los montos estimados, el Departamento Ejecutivo deberá ajustar su presupuesto de gastos en la medida de la menor recaudación, siempre que no se altere la prestación de los servicios municipales esenciales.

CAPÍTULO III

DE LAS NORMAS SOBRE PERSONAL

ARTÍCULO 13°: Las remuneraciones del Personal de Escalafón General como así también las asignaciones Familiares, se liquidarán de acuerdo a las escalas o importes determinados por el Gobierno de la Provincia para el Personal de su Jurisdicción.

ARTÍCULO 14°: La remuneración correspondiente a los cargos de Intendente, Secretarios, Directores, Contador, Tesorero, Auxiliares Administrativos y Concejales serán fijadas por Ordenanza.

ARTÍCULO 15°: El Personal que desempeña tareas inherentes a sus cargos, no podrá percibir remuneraciones complementarias especiales, salvo por razones de servicios excepcionales y debidamente fundadas, previa y expresamente autorizadas por el Departamento Ejecutivo, cuando sea necesario el desarrollo de tareas extraordinarias. En este caso podrá autorizar el reconocimiento y pago de Servicios Extraordinarios.

ARTÍCULO 16°: Para la determinación del importe a reconocer por Servicios Extraordinarios se aplicará la siguiente fórmula:

RH=   A      

21 x N

Dónde:

RH = Retribución por Hora de Servicio

A= asignación Mensual de la Categoría del Agente

21= Número probable de días laborales por mes

N= Números de horas por jornada normal

ARTÍCULO 17°: El Departamento Ejecutivo fijará las escalas de viáticos en concordancia con los que se rijan en la Administración central del Gobierno de la Provincia.

ARTÍCULO 18°: Los anexos que acompañan al Presupuesto forman parte integrante del mismo y tienen por finalidad detallar de manera sintética cada una de las partidas contenidas en el mismo.

ARTÍCULO 19°:Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Cumplido Archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de La Municipalidad de La Mendieta a los veinticinco días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis.-

 

Luis Ángel Marcelo Medina

Presidente

30 DIC. S/C.