BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 11/04/18

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 14, en el Expte. N° C-033690/14, caratulado: “Ejecutivo: Soto Sebastian Alejandro c/ Soto Domingo Carmelo”, se hace saber al demandado Sr. Soto Domingo Carmelo, la siguiente Sentencia: “San Salvador de Jujuy, 07 de Marzo de 2018.- Autos y Vistos:…Considerando:…Resuelve: I.- Tener por presentado al Dr. Sergio Marcelo Cau Loureyro, Defensora Oficial de Pobres y Ausentes, en representación del demandado ausente Sr. Soto Domingo Carmelo, a mérito de las facultades conferida a fs.52.- En consecuencia mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por Soto Sebastian Alejandro, en contra de Soto Domingo Carmelo, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos: Veintiún Mil Ochocientos – ($21.800),con más las costas del Juicio y el interés a la Tasa Activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de documentos, desde la mora y hasta el efectivo pago mas un interés punitorio del 50% de la ordenada precedentemente.- II.- Imponer las costas a la vencida- Art.102 del C.P.C..- III.- Regular los honorarios del Dr. Martín Modena, en la suma de $5.000-,por su labor desarrollada en autos, suma esta que solo en caso de mora devengara intereses conforme Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta día del Banco  de la Nación  Argentina, Cfr. S.T.J. LA. N’ 54 N’ 235 inre (“Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y Otros”), toda vez que la regulación esta vigente a la fecha de la presente y con mas IVA si correspondiera.- IV.- Notificar la presente resolución a la accionada en la Persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y mediante Edictos.-V.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- VI.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VII.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes, C.A.P.S.A.P. y por Edictos.-  Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez. Ante mí: Dra. Sandra Mónica Torres. – Secretaria Por Habilitación.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaría.- Secretaria: Sandra Mónica Torres.- San Salvador de Jujuy, 04 de Marzo de 2018.-

 

06/09/11 ABR. LIQ. Nº 13509 $465,00.-