BOLETÍN OFICIAL Nº 39 – 09/04/18

La Sala IV del Tribunal del Trabajo, Vocalía del Dr. ELADIO GUESALAGA, con asiento en la ciudad de San Pedro de Jujuy, hace saber que en el Expte. Nº D-8659/14, caratulado: “Despido: Balcarce, Moisés Manuel c/ Mercon SRL, Telecom Argentina S.A., Nokia Siemnes Networks Argentina S.A.”, se ha dictado el siguiente decreto: /// Pedro de Jujuy, 10 de Marzo de 2016.- I). Atento a lo solicitado, de la demanda interpuesta y de su ampliación, córrase traslado a las accionadas Mercon SRL, Telecom Argentina S.A. Y Nokia Siemens Networks Argentina S. A. quienes deberán comparecer al Tribunal  a contestarla  en el término  Quince Días con más dos días de ampliación en razón de la distancia y Quince Días con más veinte días de ampliación en razón de la distancia en relación a éstas dos últimas, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hicieren.- (art. 51 del Cod. Proc. del Trabajo, art. 193 y conos. del Cod. Proc. Civil).- II) Intimase a las accionadas constituir domicilio legal dentro del radio del Tribunal- 3km- bajo apercibimiento de ser notificadas de las sucesivas resoluciones por Ministerio de Ley.- III).- Notifíquese a las accionadas Telecom Argentina S.A. y Nokia Siemens Networks Argentina S.A. mediante carta documento conforme se solicita, haciéndose saber a las mismas que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaría.- IV) Notifíquese.-Fdo. Dr. Eladio Guesalaga Juez Presidente de Trámite ante mi Dr. Pedro Ramos Secretario.- San Pedro de Jujuy, 01 de marzo de 2018.- I.- Atento lo informado por Secretaría, las constancias obrantes en autos y habiéndose agotado las diligencias previstas en los arts. 155 y ccs. del C.P.C. para notificar a la codemandada Mercon SRL de la demanda promovida en su contra, ordénase la notificación del proveído de fs. 125 de estos obrados, mediante Edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y un diario local por Tres Veces en Cinco Días (art. 162 CPC por aplicación supletoria del art. 103 del CPT).- Hágase saber al codemandado que el expediente se encuentra a su disposición en Secretaría de éste Tribunal.- II.- Por Secretaría expídase los ejemplares de Edictos, haciéndose constar que la presente medida deberá realizarse sin necesidad del previo pago de tasa y/o impuesto – art. 24 del Cód. Proc. del Trabajo.- III.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Eladio Guesalaga Juez Presidente de Trámite ante mi Dr. Pedro Ramos Secretario.- San Pedro de Jujuy, 12 de Marzo de 2018.-

 

06/09/11 ABR. S/C.-