BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 06/04/18

Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber a Ignacio Ezequiel Galán, que en el Expte. Nº C-018943/14, caratulado: “Ejecutivo: CASTILLO S.A.C.I.F.I.A c/ Galán, Ignacio Ezequiel”, se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 04 de Septiembre de 2017.- Autos y Vistos:…, y Considerando:…, Resuelve: I.-Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CASTILLO S.A.C.I.F.I.A en contra de Ignacio Ezequiel Galán hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Ochocientos Cuarenta ($840,00), con mas las costas del juicio y el interés a la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos comerciales, desde la mora y hasta su efectivo pago y un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa ordenada precedentemente, conforme lo considerado, desde la mora (26/03/11) y hasta su efectivo pago.- II.-Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.-Regular los honorarios profesionales del Dr. Carlos Abel Damian Aguiar en la suma de Pesos Dos Mil ($ 2.000,00), por su labor desarrollada en autos, suma esta que solo en caso de mora devengara intereses conforme tasa activa que publica diariamente el B.C.R.A., conforme lo considerado, con mas I.V.A. si correspondiere.- IV.-Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.-Firme la presente, por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramito la presente causa.- VI.-Notificar por cedula a las partes; a C.A.P.S.A.P. y en lo sucesivo por Ministerio de Ley (art. 154 del C.P.C.).- VII.-Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.-M.C.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez-Ante Mi Ignacio José Guesalaga-Secretario”.- Publíquese por edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en el termino de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 04 de Septiembre de 2017.-

06/09/11 ABR. LIQ. Nº 13400 $465,00.-