BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 06/04/18
EXPTE Nº 1056-5952/2010.-
AGREG. Nº 1050-244/2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DIC. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Dispónese, con retroactividad al 1° de enero de 2011, la recategorización de Tercera Categoría a Segunda Categoría del Bachillerato Provincial N° 20 de la localidad de Aguas Calientes, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, por las razones expresadas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos-Ejercicio 2017 – como se indica a continuación:
JURISDICCIÓN “F” MINISTERIO DE EDUCACIÓN
U. de O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACIÓN
FUNCIÓN 3 EDUCACIÓN MEDIA Y TÉCNICA
ESCALAFÓN L2 PERSONAL DE ESCALAFÓN DOCENTE – NIVEL MEDIO
SUPRIMIR
Un (1) cargo docente de Director de 3ra. Categoría
Un (1) cargo docente de Secretario de 3ra. Categoría
Un (1) cargo docente Jefe de Preceptores de 3ra. Categoría
CREAR
Un (1) cargo docente de Director de 2da. Categoría
Un (1) cargo docente de Secretario de 2da. Categoría
Un (1) cargo docente de Jefe de Preceptores de 2da. Categoría
ARTICULO 3°.- Como consecuencia de lo dispuesto por el Artículo 2° modifícase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2017 – como se indica a continuación:
TRANSFERIR DE:
JURISDICCIÓN “F” MINISTERIO DE EDUCACIÓN
U. de O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACIÓN
FUNCIÓN 3 EDUCACIÓN MEDIA Y TÉCNICA
PARTIDA 1-1-1-1-1-44 RECATEGORIZACION DE ESCUELAS 62.477,04
PARA REFORZAR A:
JURISDICCIÓN “F” MINISTERIO DE EDUCACIÓN
U. de O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACIÓN
FUNCIÓN 3 EDUCACIÓN MEDIA Y TÉCNICA
PARTIDA 1-1-1-1-1-1 SUELDO BASICO 62.477,04
ARTICULO 4°.-Dispónese, con retroactividad a partir del 01 de enero de 2011, la adecuación de los siguientes cargos:
Director de 2da. Categoría
Secretario de 2da. Categoría
Jefe de Preceptores de 2da. Categoría
ARTICULO 5°.- La mayor erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente instrumento legal se atenderá con la siguiente partida presupuestaria de Gastos en Personal que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente:
JURISDICCIÓN “F” MINISTERIO DE EDUCACIÓN
U. de O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACIÓN
FUNCIÓN 3 EDUCACIÓN MEDIA Y TÉCNICA
PARTIDA 1-1-1-1-1-1 SUELDO BASICO
ARTICULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR