BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 06/04/18

DECRETO Nº 5401-S/2017.-

EXPTE Nº 721-090/13.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 NOV. 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por autorizada la licencia sin goce de haberes usufructuada, por el Sr. Héctor Ricardo Cayón, CUIL 23-14061686-9, en el cargo categoría 15-30 hrs., agrupamiento administrativo, escalafón general, de la U. de O.: R2-02-09 Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson” de San Pedro de Jujuy, por el período comprendido entre el 4 de enero de 2013 y 4 de enero de 2014, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 2°.- Téngase por cumplido el reemplazo efectuado por el Sr. Marcos Ismael Miranda, CUIL 20-28187574-5, en el cargo categoría 3-30 hrs., agrupamiento administrativo, escalafón general, de la U. de O.: R2-02-09 Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson” de San Pedro de Jujuy, durante el período comprendido entre el 4 de enero de 2013 y 4 de enero de 2014, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 3°.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la partida prevista en el Presupuesto vigente – Ejercicio 2017, que a continuación se indica:

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):

Se imputarán a la Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26”: “Para pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del presente decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.-

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR