BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 06/04/18

Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria N° 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber al SR. ARIAS, IVAN ALEJANDRO, D.N.I. N° 26.988.843, que en el Expte. Nº C-033416/14 caratulado “Prepara Vía Ejecutiva: TARJETA NARANJA S.A. c/ IVAN ALEJANDRO ARIAS”, se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 24 de Agosto de 2017.- 1) El informe actuarial que antecede, téngase presente.- 2) Proveyendo al escrito de fs. 60, atento a lo solicitado, y las constancias de autos, déjese sin efecto la providencia de fecha 06/12/2016 (fs. 61).-  3) Atento las constancias de autos (fs. 35,39, 58, 59) y a lo solicitado a fs. 60, notifíquese por edictos a la parte demandada SR. ARIAS, IVAN ALEJANDRO, D.N.I. N° 26.988.843 que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 13, de la ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia y de conformidad a lo previsto por los Arts. 472, 478 del C.P.C., intimase a la accionada a depositar la suma de pesos dieciséis mil quinientos cincuenta y cinco con 72/100 centavos ($16.555,72) en concepto de Capital, con mas la de pesos cuatro mil novecientos sesenta y seis con 71/100 centavos ($4.966,71) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, se hace saber que se transformara en definitivo el Embargo trabado oportunamente. Asimismo, cítesela de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de cinco dias, posteriores a la ultima publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 13, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).-  3) Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la parte demandada, que las copias para Traslado se encuentran a su disposición en Secretaria del Juzgado, siendo los días de notificación martes y jueves o el siguiente dia hábil si alguno de ellos fuere feriado.-  4) Por el mismo termino intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los Tres Kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de Ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (Art. 52 y 154 del C.P.C.)  5) A tal fin publíquense edictos en un diario local y boletín oficial tres veces en cinco días. 6) Proveyendo al escrito de fs.64, téngase presente lo manifestado.- 8) Agréguese y téngase presente el edicto sin diligenciar a fs. 63.- 9) Se hace saber al promotor de autos que existen diligencias disponibles.-  10) Notifíquese por cedula.-Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez-Ante mi: Ignacio José Guesalaga-Secretario.- Publíquese por edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres (3) veces en cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 24 de Agosto de 2017.-

 

04/06/09 ABR. LIQ. 13449 $465,00.-