BOLETÍN OFICIAL Nº 78 – 16/07/10

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPEDIENTE N° 16-11041-2.009-1.-

DECRETO N° 1736.09.008.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 AGO. 2009.-

VISTO:

La Resolución N° 226-DGTT-2009, emanada por la Dirección General de Transito y Transporte, mediante la cual se prohíbe el estacionamiento de vehículos utilitarios (tipo combi), como así también de los ómnibus de gran porte utilizados para Viajes Especiales (los llamados tours de compras), en la Calle Iguazú entre Calles Junín y Dorrego, habilitándose para tal fin un sector demarcado en Calle Santa Bárbara, entre Avda. El Éxodo y Humahuaca, para los nombrados en primer término y otro en Avda. Párroco Marshke entre las Calles el Rastreador y el Payador del Barrio Almirante Brown, para los de gran porte y establece sanciones en caso de inobservancia de la citada disposición; y

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 04 el Señor Secretario de Obras Publicas a cargo de la Secretaria de Servicios Públicos, solicita se emita el correspondiente dispositivo legal de aprobación de la referida norma;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Apruébese en todas sus partes la Resolución N° 226-DGTT-2009, elaborada por la Dirección General de Tránsito y Transporte dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, mediante la cual se prohíbe el estacionamiento de vehículos utilitarios (tipo combi), como así también de los ómnibus de gran porte utilizados para Viajes Especiales (los llamados tours de compras), en la Calle Iguazú entre Calles Junín y Dorrego, habilitándose para tal fin un sector demarcado en Calle Santa Bárbara, entre Avda. El Éxodo y Humahuaca, para los nombrados en primer término y otro en Avda. Párroco Marshke entre las Calles el Rastreador y el Payador del Barrio Almirante Brown, para los de gran porte y establece sanciones en caso de inobservancia de la citada disposición.-

ARTICULO 2°.- Pase para su conocimiento y demás efectos, a la Secretaría de Servicios Públicos y  Dirección General de Tránsito y Transporte Municipal.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente

16 JUL. S/C.-