BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 28/03/18
Ricardo Sebastian Cabana-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 2, Secretaria N° 4, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. López, Mariano José D.N.I. N° 25939873 que en el Expte. N° C-013754/13, caratulado: “Tarjetas Cuyanas S.A. c/ López, Mariano José s/ prepara vía ejecutiva” se ha dictado el siguiente Proveído: Autos y Vistos:…Resulta:..Considerando:…Resuelve 1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por Tarjetas Cuyanas S.A., en contra de López, Mariano José hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de de pesos diecinueve mil doscientos cuarenta y cuatro con catorce ctvos. ($19.244,14), con más el interés de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdo Nº 54, fº 673/678, nº 235), tomado como compensatorio desde la fecha de suscripción del titulo y hasta la mora, considerada esta a la fecha Julio del 2013, y de allí en más los mismo deben ser imputados como moratorio y hasta el efectivo pago y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijarán en un 50% de los moratorios.- 2) Imponer las costas a la vencida (Art. 102 C.P.C.). 3) Regular los honorarios profesionales del Dr. Aguiar Carlos Abel Damian en la suma de Pesos Tres Mil Quinientos ($3.500); por la labor profesional desarrollada en autos, como apoderado de la actora, conforme a las pautas establecidas en el Art. 4 Incs. B y C de la Ley 1.687, a los que se les aplicarán los intereses de la Tasa Activa cartera general (préstamo) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, desde la mora y hasta el efectivo pago (L.A. Nº 54 Fº 673/678, N° 235, de fecha 11/05/2011) con más I.V.A. si correspondiera. 4) Hacer efectivo el apercibimiento en contra de López, Mariano José mandándose notificar la presente Resolución por cédula y las sucesivas por Ministerio de Ley.- 5) Firme la presente por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- 6) Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente sentencia.- 7) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.-NB.- Firmado Dra. Marisa Rondon, Juez por Habilitación, ante mí, Dra. Beatriz Borja, Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 29 de Agosto de 2017.-
28 MAR. 04/06 ABR. LIQ. Nº 13269 $465,00.-