BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 28/03/18
Dra. Marisa Rondon Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, Secretaria N° 4, en el Expte. N° C-054032/15, caratulado: “Prepara Vía Ejecutiva: Tarjeta Naranja S.A. c/ Farfan Mario Wilfredo” se notifica por este medio al demandado, Sr. Farfan Mario Wilfredo, el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 16 de Noviembre de 2010: 1.- Atento a las constancias de autos, téngase por expedita la vía ejecutiva, en consecuencia y teniendo en cuenta lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra del demandado, Farfan Mario Wilfredo, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos trece mil trescientos veintiocho C/06/100 Ctvs. ($13.328,06) en concepto de capital, con más la de pesos seis mil novecientos catorce C/03/100 ctvs. ($6.914,03), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese embargo sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores, y cítesele de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de cinco días, en el Juzgado Civil y Comercial N° 2, Secretaria 4, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 2.- Al efecto comisiónase al Sr. Oficial de Justicia, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuera necesario.- Asimismo, intimase al demandado, para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 3.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Silvia Elena Yecora, Jueza, Ante mi, Dra. Beatriz Borja, Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Asimismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la ultima publicación y el su caso de incomparecencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- San Salvador de Jujuy, 25 de Agosto del 2017.-
28 MAR. 04/06 ABR. LIQ. Nº 13395 $465,00.-