BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 28/03/18
EXPTE Nº 200-731/2016.-
c/ Agregados: 1050-1367/2016 y 1050-967/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 DIC. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Recházase por inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en carácter de apoderado legal de la SEÑORA MARIA GENOVEVA MACHACA, D.N.I. N° 17.080.289, en contra de la Resolución N° 2618-E16 de fecha 08 de septiembre de 2016, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.-Opónese la defensa a cualquier acción tendiente a la liquidación y pago de diferencias solicitadas hasta el 22/06/2010, debido a que la misma se encuentra prescripta, (art. 4027. C. Civil).-
ARTICULO 3°.-El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, distándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 33 de la Constitución Provincial.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR