BOLETÍN OFICIAL Nº 146 – 28/12/16

DECRETO ACUERDO Nº 1265-G/2016.-

EXPTE. Nº 200-48/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 MAYO 2016.-

VISTO:

El Decreto Acuerdo N° 876-G-2016, de transferencia transitoria de personal de la administración pública provincial a la Legislatura de la Provincia, y;

CONSIDERANDO:

Que, para los traslados transitorios del personal solicitados por la legislatura, resultó indispensable requerir a la Dirección Provincial de Personal y los diferentes organismos de la administración pública, información respecto de la situación de revista de cada uno de los agentes involucrados;

Que, cumplido este trámite, se ha logrado establecer la situación de revista para disponer la transferencia transitoria del personal originariamente no. incluido en el Decreto Acuerdo N° 876-G-16;

Que, con posterioridad al dictado de este instrumento han ingresado a la Secretaria General de la Gobernación nuevos pedidos de transferencia, pedidos de exclusión y en otros casos solicitud de modificación de datos personales;

Que, se ha recabado y obtenido la información pertinente al trámite, lo cual surge de las constancias del expediente administrativo;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Ampliar las disposiciones del Decreto Acuerdo N° 876-G-16, de transferencia transitoria de personal de la administración pública provincial a la Legislatura de la Provincia, a partir del 01 de 2016 al 31 de diciembre de 2017, de lo agentes que se detallan a continuación: ; APELLIDO Y NOMBRE;      DNI; JURISDICCIÓN:

1.-CASAS Nelly Ivone, 13.729.793, Banco de Acción Social; 2-DOHRMANN Adriana Isabel, 17.133.529 Ministerio de Educación3.-GARIECA, Víctor Javier, 11.664.932, Min. Infraestructura (Arq.); 4-ASTORGA Mariela Alicia, 23.167.168, Ministerio de Desarrollo Humano; 5.-TORO, Miriam Rosana, 17.840.756, Ministerio de Educación; 6.-JUÁREZ Orieta Rebeca Raquel, 20.604.016, Ministerio de Educación; 7-RUIZ Mónica Fabiana, 24.324.935, Ministerio de Seguridad; 8-VACA Rector Gustavo, 17.661.382, Instituto de Seguros Jujuy; 9-WEIBEL Guillermo E. 12.718.802,  Banco de Acción Social, 10-FLORES Leonardo 17.437.127, Ministerio de Salud; 11-DORIGATTI María Eugenia, 16.631.304, Ministerio de Educación, 12.-MURILLO Silvia Del Carmen 16.347.414, Ministerio de Educación; 13.-RÍOS, Sandra Alejandra, 17.074.966, Ministerio de Educación; 14.-UREÑA Cristian Manuel, 29.133.255, Ministerio de Seguridad (Policía de La Provincia); 15.-MENDOZA Omar, 12.001.0113, Ministerio de Educación; 16.-Villegas Ariel Eduardo, 26.783.536, Ministerio de Seguridad.-

ARTICULO 2º.-Modificar los datos personales de los agentes incluidos en el Decreto Acuerdo N° 876-G-16, que se indican a continuación: VELÁZQUEZ, Sandra Verónica DNI Nº 18.599465, ZINGER, Sabrina, DNI N° 20.399.857.-

ARTICULO 3º.-Dejar sin efecto la transferencia dispuesta por, Decreto Acuerdo N° 876-G-16 de los siguientes agentes: BURGOS, Ema Silvina, DNI Nº 26.988.803, Ministerio de Seguridad, CIARES, Héctor Miguel DNI N° 23.031.526 Ministerio de Educación; VILLEGA, Carlos Eduardo, DNI N° 22.461.146, Ministerio de Educación, ZINGER, Sabrina DNI Nº 20.399.857 Ministerio de Educación; GALVAN PEÑALBA, Fabián Guillermo DNI Nº 22.583.041, Ministerio de Educación.-

ARTICULO 4º.-Disponer la transferencia transitoria a la Legislatura de la Provincia, del personal contratado que se nomina a continuación, con vigencia desde el 1″ de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2016, FLORES, Rodrigo José Humberto DNI N° 32.001.173, Ministerio de Educación, MACIAS, Gabriel Fernando DNI Nº 20.4I4.349 Ministerio de Producción, ZAMPINI, Paula Alisa DNI N° 27.727.130, Ministerio de Educación ALARCON, Ricardo Fernando                DNI N° 24.504.567 Ministerio de Cult. y Turis., AIMA Silvina del Milagro DNI Nº 21.665.419, Ministerio de Educación.-

ARTICULO 5º.-Dejar establecido que las transferencias transitorias de los cargos y crédito presupuestario respectivo, emergente de lo dispuesto por el articulo 1º), No comprenden los créditos correspondientes a los distintos adicionales, complementos, bonificaciones o similar que perciba el agente en su repartición/función de origen (Fondo Nacional de Incentivo Docente Ley Nº 25.919, tarea insalubre, enseñanza diferencial, desarraigo, zona desfavorable, jefatura de guardia, permanencia en guardia, responsabilidad jerárquica, etc.), en un todo de conformidad con las disposiciones del artículo 21º de la Ley Nº 5877, y por no existir  causa que justifique su reconocimiento y pago.-

ARTICULO 6º.-Autorizar a Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto a efectuar la transferencia de los créditos presupuestarios que resulten necesarios para el cumplimiento del presente Decreto Acuerdo, como asimismo la anotaciones correspondientes para la corrección o confirmación de los cargos involucrados.-

ARTICULO 7º.-Por Secretaria General de la Gobernación remítase copia del presente Decreto Acuerdo a la Legislatura de la Provincia.-

ARTICULO 8º.-Previa torna de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, y pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción; Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Viviendas, Salud, Desarrollo Humano; Humano; Educación; Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo; Seguridad y a sus demás efectos de competencia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR