BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 23/03/18
EXPTE Nº 780-298/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, Ley N° 6001, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION: “R” MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERESE
DE
U de O.: R 1 Ministerio de Salud
Categoría Nº de cargos
A-1 1
agrup. profesional
Ley Nº 4413
Total 1
A:
U de O.: R 2-02-07 Hospital “Dr. Arturo Zabala”
Categoría Nº de cargos
A-1 1
agrup. profesional
Ley Nº 4413
Total 1
ARTÍCULO 2°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, Ley N° 6001, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION: “R” MINISTERIO DE SALUD
U de O.: R 2-02-07 Hospital “Dr. Arturo Zabala”
SUPRIMASE
Categoría Nº de cargos
A-1 1
agrup. profesional
Ley Nº 4413
Total 1
CREASE
Categoría Nº de cargos
A-30 horas 1
agrup. profesional
Ley Nº 4418
Total 1
ARTICULO 3°.- Designase a la Dra. MARÍA ÁNGELICA GARZÓN, CUIL 27-23778167-3, en el cargo categoría A-30 horas, agrupamiento profesional, Ley N° 4418, en la U. de O.: R 2-02-07 Hospital “Dr. Arturo Zabala”, con retroactividad al 01 de abril de 2.017, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 4°.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2017, Ley N° 6001, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2017:
Con la respectiva partida de “gastos en personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: R 2-02-07 Hospital “Dr. Arturo Zabala”.‑
ARTICULO 5°.- Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar las transferencias de créditos presupuestarios que resulten necesarios a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.‑
ARTICULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR