BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 23/03/18
EXPTE Nº 780-249/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos – ejercicio 2017 – Ley N° 6001, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
TRANSFERIR:
DE:
U de O.: R 1MINISTERIO
Categoría Nº de Cargos
C-1 (i-1) 1
Agrup. Profesional
Ley Nº 4413
Total 1
A:
U de O.:R2-02-21 HOSPITAL “NTRO. SR. DE LA BUENA ESPERANZA”
Categoría Nº de Cargos
C-1 (i-1) 1
Agrup. Profesional
Ley Nº 4413
Total 1
ARTICULO 2°.-Téngase por designado al Sr. Miguel Ángel Toril, CUIL 20-28420008-0, en el cargo categoría C-1 (i-1), agrupamiento profesional, Ley N° 4413, en la U. de O.: R 2-02-21 Hospital “Nuestro Señor de la Buena Esperanza”, con retroactividad al 1° de agosto de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 3°.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la partida Presupuestaria que .a continuación se indica:
EJERCICIO 2017
Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N° 6001, a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R 2-02-21 Hospital Nuestro Señor de la Buena Esperanza.-
ARTICULO 4°.-Autorizar a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la transferencia de Créditos Presupuestarios que resulten necesarios, a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.‑
ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR