BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 23/03/18
EXPTE Nº 500-571/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 ABR. 2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Dispónese, a partir del 1° de marzo de 2016, como parte integrante de la política salarial del presente ejercicio, las siguientes medidas a favor del personal de la Administración Pública Provincial centralizada comprendido en el Escalafón General Ley N° 3.161, personal del ex I.P.P.S., profesionales comprendidos én las Leyes N°4.413 y N°4.135:
Un incremento del Adicional Remunerativo Bonificable que resulta del VEINTIDOS POR CIENTO (22%) sobre los conceptos Remunerativos
Un incremento del VEINTIDOS POR CIENTO (22%) sobre:
b.1.EI Adicional Remunerativo Bonificable previsto en el Decreto-Acuerdo N° 6362-H-06.-
b.2. El Adicional Remunerativo No Bonificable.
b.3.El Adicional creado por Decreto-Acuerdo N° 4371-H-09.-
ARTICULO 2°.-Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-
ARTICULO 3°.-Autorízase al Ministerio de Trabajo y Empleo a dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTICULO 4°.-Dispónese que la erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTÍCULO 5°.-El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR