BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 21/03/18
EXPTE Nº 149-R/75.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DIC. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto, a partir de la fecha del presente, la adjudicación dispuesta por el Artículo 1° del Decreto N° 2147-0P/1986 a favor de los Sres. PASCUALA CAÑIZARES DE RIOS, L.C. N° 4.142.231 y ABEL FELIX RIOS, L.E. N° 8.160.871, del Lote 2, Manzana 21, Padrón A-25.224, ubicado en Villa Gorriti, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy.‑
ARTICULO 2°.- Adjudicase a favor del Sr. OMAR RIOS D.N.I. N° 23.145.420, el terreno fiscal individualizado como Lote 41 Manzana 10 Padrón A-68156, Matrícula A-27411 (antes Lote 2, Manzana 21, Padrón A- 25.224), ubicado en Alto Gorriti, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy.‑
ARTICULO 3°.- Establécese que el precio del lote se encuentra CANCELADO en su totalidad, no adeudándose suma alguna en concepto de tierras fiscales.‑
ARTICULO 4°.- La adjudicación dispuesta por el presente Decreto queda sujeta a las disposiciones de la Ley N° 3169/74 -Régimen de Tierras Fiscales- sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, quedando excluido el adjudicatario y su grupo familiar de los programas de viviendas y/o loteos fiscales urbanos, que inicien o ejecuten organismos nacionales, provinciales y/o municipales dentro del territorio de la Provincia de Jujuy.‑
ARTICULO 5°.- Exceptúase de las exclusiones dispuestas en el artículo anterior únicamente los programas oficiales para la construcción de viviendas que requieran la utilización del terreno.‑
ARTICULO 6°.- Por Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos se extenderá la respectiva escritura traslativa de dominio.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR