BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 16/03/18
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala II- Vocalía 4, expediente N°: C-043356/2015 “Daños y Perjuicios: Valdiviezo, Herminda Lidia c/ Erazo, María De Los Ángeles; Erazo Jorge Mauricio” se ha dictado el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 22 de Febrero de 2018. Proveyendo al escrito de fs. 69: Atento lo informado por el Actuario, dese por decaído el derecho a contestar demanda a los accionados María De Los Ángeles Erazo y Jorge Mauricio Erazo, debiendo designarse oportunamente como su representante legal al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda, a quien se deberá dar en autos debida participación. Notifíquese por cédula y a los accionados mediante Edictos debiendo publicarse en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días, debiendo el Dr. Gustavo Alejandro García a modo de colaboración con el Tribunal acompañar los mismos confeccionados para su control y posterior firma. Firme la notificación dispuesta a los accionados citados, cúmplase con la designación al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. Fdo. Dr. Enrique R. Mateo-Juez-. Ante mí: Dr. Néstor A. De Diego-Secretario.- San Salvador de Jujuy, 28 de Febrero de 2018.-
14/16/19 MAR. LIQ. Nº 13320 $465,00.-